COMODORO RIVADAVIA -
Integran al área creada los ecosistemas, comunidades o elementos biológicos o geológicos del medio marino, incluyendo al subsuelo, los fondos y columnas marinas asociadas, como también el espacio aéreo comprendido en sus límites.
COMODORO RIVADAVIA -
Se ha fijado, como objetivos de ley, conservar una zona de alta sensibilidad ambiental y de importancia para la protección y gestión sostenible de la biodiversidad marina; proteger las zonas de alimentación y tránsito de los pingüinos de Magallanes en torno a Punta Tombo y Punta Clara, a fin de mejorar la disponibilidad de alimento en etapas críticas de su ciclo reproductivo; favorecer estadios claves de especies de interés comercial y fauna marina en el área; promover el manejo sostenible, ambiental y económico de los ecosistemas marinos y terrestres asociados; facilitar la investigación científica orientada a la aplicación del enfoque ecosistémico y a la mitigación de los efectos del cambio climático global; difundir el conocimiento y el valor del área creada para propiciar el respeto por los atributos que justifican su designación y fortalecer y acrecentar las áreas protegidas representativas en el marco del Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas creado por la Ley XI-N°18.
#BienInformado: mirá los titulares de las tapas de los diarios de Chubut y Santa Cruz
COMODORO RIVADAVIA -
Las actividades permitidas dentro del área marina protegida creada deberán ser contempladas en el plan de manejo y serán las necesarias para lo siguiente: Facilitar su control y fiscalización; garantizar el desarrollo de actividades de investigación científica y exploración de recursos naturales que aporten al conocimiento sobre la biodiversidad marina, a la evaluación de interacciones entre el ambiente, fauna y flora con actividades antrópicas, y al monitoreo del cambio climático y desarrollar actividades productivas compatibles con el mantenimiento de sus atributos ecológicos.Fuente: Crónica