Los ajustes serán sobre la base del Índice de Precios al Consumidor
AFIP actualizó los valores a partir del cual hay que informar la compra o venta de autos o casas
Los nuevos montos mínimos empezarán a regir el 1 de junio, y desde ahora se actualizarán una vez por año.
Este viernes se conoció que la AFIP actualizó los montos que deben registrarse las operaciones de intermediación, o compraventa de vehículos usados, y negociación o transferencia de inmuebles.
El organismo estableció que a partir de este momento, los ajustes se llevarán a cabo una vez al añosobre la base de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor.
La resolución fue publicada en el Boletín Oficial, y el organismo introdujo modificaciones a las normativas que regían sobre sujetos que en forma habitualrealicen por cuenta propia o de terceros intermediación o compraventa de motos o autos usados, y sobre titulares y cotitulares de inmuebles que negocien, oferten o transfieran propiedades o derechos sobre bienes a construir.
Las operaciones de compraventa deberán informarse al organismoa partir de 1,1 millón de pesoscuando se trate de autos y de los 450.000 pesos si se trata de motos.
En la actualidad los montos mínimos obligatorios según el régimen de información de la actividad se ubican en los 600.000 pesos y 240.000 pesos, respectivamente.
Inmuebles
Por su parte, para los inmuebles el valor se actualiza desde los 5 millones a 9,4 millones de pesos.
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