La ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) prohibió la elaboración y venta de dos reconocidas marcas de aceite de oliva por “irregularidades en su fabricación”. Lo informaron este martes en el Boletín Oficial, mediante la resolución 9416/2024 y 9408/2024.

En su fundamento, el organismo determinó que ambos productos no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos o elaborados en un establecimiento determinado.

Precisamente, se trata de los aceites de oliva de las marcas Olivares y La Almazara. Según informaron desde la administración, la medida tiene por objetivo "proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo del producto ilegal".

LOS DOS ACEITES DE OLIVA PROHIBIDOS POR ANMAT

En el primero de los casos, del producto producido por la marca Olivares, la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de la provincia de Buenos Aires (DIPA) realizó a través del SiFeGA determinó que la razón social que se exhibe en el rótulo del producto es inexistente

Luego, pudieron corroborar la falsedad de los rótulos del Registro Nacional de Establecimientos (RNE) y el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) exhibidos en el artículo.

El aceite contenía rótulos inexistentes.
El aceite contenía rótulos inexistentes.
Foto: Ámbito Financiero

Más allá, también se constató la falta de habilitación municipal al establecimiento que elabora el producto y el incumplimiento de las condiciones edilicias y sanitarias para "un establecimiento elaborador de alimentos", por lo que se procedió a su intervención.

"Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley N° 18284", dictaminaron desde la administración. El producto también se comercializa en plataformas de venta en línea, por lo que el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL le solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria que evalúe las medidas a adoptar.

También se prohibirá su venta online.
También se prohibirá su venta online.
Foto: Ámbito Financiero

Por su parte, el artículo elaborado por la marca La Almazara también contaba con registros del RNE y RNPA inexistentes. Tampoco se verificaron registros de establecimiento alimenticio cuya razón social o nombre de fantasía fueran Olivares La Almazara.

De esta manera, también se determinó la "intervención del producto investigado y la clausura del local comercial y su deposito" y se determinarán los pasos a seguir para la restricción de su comercialización en plataformas online.

Con información de Ámbito Financiero, redactado y editado por un periodista de ADNSUR

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