CAPITAL FEDERAL (ADNSUR) - La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incluyó este jueves un nuevo motivo para solicitar la excepción del pago a cuenta de Bienes Personales fuera del país, según se indicó en el Boletín Oficial.

A través de la Resolución General 4931/2021, el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont agregó un inciso al texto original para modificar la norma que fija los parámetros para el pago de anticipos en el caso de bienes en el exterior.

Con esta medida se estableció un cambio en el artículo 4 de una resolución publicada a principios de 2020. En aquella oportunidad se establecieron las condiciones que se tienen en cuenta para que las personas puedan solicitar ser eximidos del ingreso del pago a cuenta. Estas son: cuando hubieran ejercido la opción de repatriación de activos financieros en los términos establecidos en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva; y cuando declaren que no son titulares de bienes sujetos a impuesto en el exterior.

Según explicaron en la resolución, a los dos incisos mencionados anteriormente, se incorporó el "inciso C" que establece: "Cuando la suma de los importes de los anticipos abonados, conforme a lo establecido por la Resolución General N° 2.151, sus modificatorias y complementarias, y del pago a cuenta calculado de acuerdo a lo dispuesto por la presente norma, den como resultado un importe superior al impuesto determinado estimado para el período fiscal 2020. Dichos cálculos se efectuarán en papeles de trabajo que deberán conservarse en archivo a disposición de este Organismo".

El organismo decidió ampliar los motivos por los cuales los contribuyentes con bienes en el exterior podrán solicitar que se los exceptúe del ingreso del pago a cuenta y según justificó se debe a razones de administración tributaria. La disposición publicada este jueves entrará en vigencia a partir de mañana y resultará de aplicación para el período fiscal 2020.

El pago a cuenta fue lanzado con la intención de repatriar el 5% de los bienes que se encuentran en el exterior y recae sobre los contribuyentes con tenencias fuera del país. Estos últimos deben contribuir con el 0,5% de esos ahorros.

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