El Gobierno Nacional modificó los topes de ingresos para que jubilados y pensionados cobren el bono de $70.000 en el mes de abril,  en las últimas horas se informó los cambios en  el pago del refuerzo extraordinario para que incluya a más titulares de jubilaciones y pensiones. También se les otorgará el beneficio a la Pensión Universal para el Adulto Mayor; pensiones no contributivas y madres de siete hijos o más.

Tras informar el pago de las jubilaciones de abril divididas en dos tramos, el Gobierno rectificó el alcance del bono de hasta $70.000 para jubilados y pensionados, destinado a quienes perciban un monto menor o igual a $171.283,31, dados los cambios por la nueva fórmula de movilidad.

En caso de que superen ese valor, el monto extra será igual a la suma necesaria hasta llegar a $241.283,31. Antes, el tope estaba establecido en $204.445,30, así lo informó TN.

La medida fue oficializada mediante el decreto 282, allí se dispone que el bono de $70.000 será percibido para aquellos cuyos haberes sean inferiores o igual a $171.283,31.

¿Cómo se pagará el bono?

-Quienes por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $171.283,31., el bono será de $70.000.

-Los titulares que perciban un importe superior a los $171.283,31, el bono será igual a la suma necesaria hasta alcanzar el tope de $241.283,31.

-Los beneficiarios de pensión (PUAM y no contributivas) serán considerados como un único titular para recibir el bono.

¿Quiénes lo cobrarán en abril?

-Jubilados y pensionados que no superen el haber mínimo ($171.283,31).

-Aquellos titulares de jubilación y pensión que no superen los $241.283,31, recibirán un extra será igual a la suma necesaria para llegar a ese valor.

-Titulares de la Pensión No Contributiva (PNC).

-Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

¿Cómo se cobrará en abril, mayo y junio 2024?

El Gobierno modificó la fórmula de movilidad jubilatoria, y desde abril, los jubilados y pensionados recibirán por primera vez la actualización de los haberes que sigue la inflación.

-Abril: se cobrará el porcentaje correspondiente a la inflación de febrero (13,2%), sumado a un adicional de 12,5% y un bono de $70.000

-Mayo: se aplicará un adelanto de la movilidad correspondiente a junio, conforme la nueva fórmula (con IPC de marzo).

-Junio: en el sexto mes del año, se dará un incremento calculado según la nueva fórmula (IPC de abril). En ningún caso, la aplicación del índice podrá disminuir el haber que perciben los jubilados y pensionados.

-Si en junio el aumento que da la Ley de Movilidad anterior (Ley 27.609) fuera superior a lo acumulado en estos tres meses de empalme, la ANSES abonará la diferencia correspondiente.

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