Chubut adhirió a la Semana Mundial del Parto Respetado
Se celebrará del 15 al 21 de mayo para concientizar.
RADA TILLY (ADNSUR/ RADA TILLY NOTICIAS) - Es una iniciativa que se celebra mundialmente del 15 al 21 de mayo, que busca sensibilizar y concientizar a la población sobre el derecho a un trato digno, respetuoso y confidencial a la mujer y sus familias en el momento del embarazo, el parto y el puerperio.
El Ministerio de Salud del Chubut, adhiere a la Semana Mundial del Parto Respetado 2017, una iniciativa que se celebrará del 15 al 21 de mayo y cuyo lema este año es: “¿40 semanas? El nacimiento tiene el momento correcto, no el indicado”.
La conmemoración busca sensibilizar y concientizar a la población sobre los derechos que protegen a las madres y sus hijos al momento del nacimiento, contra la violencia obstétrica y que, en el caso de Argentina, reconoce la Ley Nacional Nº 25.929.
El parto respetado puede ser definido como un espacio de contención en el que la mujer y su familia sean los protagonistas, y donde el nacimiento se desarrolle de la manera más armónica posible.
En contraposición a ello, según la Ley Nacional Nº 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, la violencia obstétrica es “aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicación y patologización de los procesos naturales”.
DERECHOS DE LA MUJER
La Ley Nº 25.929, conocida como “de Parto Humanizado o Respetado”, promueve que se respete a la mujer en sus particularidades (raza, religión, nacionalidad) y que se la acompañe en la toma de decisiones seguras e informadas.
De esta manera, esta norma establece que la mujer tiene derecho a ser informada sobre las distintas intervenciones médicas que pueden tener lugar durante el parto y postparto, y a participar activamente en las decisiones acerca de las alternativas que puedan existir; a ser considerada como persona sana, de modo que se facilite su participación como protagonista de su propio parto; y a un parto respetuoso de los tiempos biológico y psicológico, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados.
A su vez, la mujer tiene derecho a ser informada sobre la evolución de su parto, el estado de su hijo o hija y, en general, a que se le haga partícipe de las diferentes actuaciones de los profesionales; a no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación; a elegir quién la acompañe durante el trabajo de parto, parto y postparto; y a tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales.
Esta ley también le reconoce a la mujer el derecho a ser informada, desde el embarazo, sobre los beneficios de la lactancia materna y recibir apoyo para amamantar; a recibir asesoramiento e información sobre los cuidados de sí misma y del niño o niña; y a ser informada específicamente sobre los efectos adversos del tabaco, el alcohol y las drogas sobre el niño o niña y ella misma.
RECIÉN NACIDO
Asimismo, la Ley Nº 25.929 reconoce que toda persona recién nacida tiene derecho a ser tratada en forma respetuosa y digna; a su inequívoca identificación; a no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia; a la internación conjunta con su madre en sala; y a que sus padres y familiares reciban adecuado asesoramiento e información sobre los cuidados para su crecimiento y desarrollo, así como de su plan de vacunación.
FAMILIA EN SITUACIÓN DE RIESGO
Por otro lado, dicha ley establece que la familia de la persona recién nacida en situación de riesgo tiene derecho a recibir información comprensible, suficiente y continuada, en un ambiente adecuado, sobre el proceso o la evolución de la salud de su hijo o hija, incluyendo diagnóstico, pronóstico y tratamiento; y a tener acceso continuado a su hijo o hija mientras la situación clínica lo permita, así como a participar en su atención y en la toma de decisiones relacionadas con su asistencia.
Además, la norma le reconoce el derecho a un consentimiento informado sobre cualquier práctica médica que se le realice al niño o niña; a que se facilite la lactancia materna de la persona recién nacida; y a recibir asesoramiento e información sobre los cuidados especiales del niño o niña.