Cómo 'blanquear' a tu empleada doméstica
El paso a paso en un video.
CAPITAL FEDERAL - Todas las trabajadoras, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación, tienen que estar inscriptas en el registro de la AFIP. Así, tu empleada doméstica podrá acceder a beneficios sociales como el aporte jubilatorio, seguro por accidentes de trabajo, obra social, entre otros.
Es un trámite que solamente puede hacer el empleador. Puede realizarse online o telefónicamente (0800-222-2526. Opción 2).
¿Qué necesitás para 'blanquear' a tu empleada doméstica?
- Tener clave fiscal nivel dos. Si no la tenés, ingresá aquí para gestionarla.
- Entrar a la página de AFIP con tu clave fiscal, para cargar sus datos.
- Imprimir una constancia de la inscripción por duplicado con tus datos y los de ella.
- Su N° de CUIL
- Nombre y apellido
- Fecha de nacimiento
- Domicilio real
- Obra social. Si no tuviera, el sistema le asignará la Obra Social del Personal de Casas Particulares. Es obligación de la empleada doméstica elegir su obra social y realizar los trámites necesarios para el alta del servicio.
- Si está jubilada
- CBU (en caso de tenerlo)
- Número telefónico
- Correo electrónico.
Una vez que le diste de alta
Tenés que pagar la primera cuota de la ART, para tener cubierto el mes por adelantado. Luego, lo harás junto al pago de los aportes y contribuciones mensuales.
En caso de no optar por una ART al comienzo de la relación laboral, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo le asignará una de oficio a tu empleada.
¿Puedo deducirlo de Ganancias?
Sí, se puede deducir del Impuesto a las Ganancias el total de los importes abonados en el período fiscal en concepto de: contraprestación de los servicios prestados, contribuciones patronales.
"Esta deducción tiene un límite fijado por AFIP, que es igual al importe que se puede deducir en la declaración anual del Impuesto a las Ganancias en concepto de Mínimo no Imponible. Para el año 2018 es de $66.917,91 pesos", explica el contador público, Carlos Ciresa.
Para que se pueda tomar esta deducción, las trabajadoras deben estar inscriptas en AFIP dentro del servicio doméstico y se deben haber hecho los pagos correspondientes, tanto de sueldo como de cargas sociales.
Pueden tomar esta deducción los autónomos, en su declaración anual, y los empleados en relación de dependencia mediante la actualización mensual/anual de datos en el sistema SIRAGID.