Cómo se calcula y cuándo se cobra el aguinaldo
Según indica la ley 27.073, la primera cuota se debe pagar antes del 30 de junio.
CAPITAL FEDERAL - Las empresas deben pagar antes del 30 de junio y antes del 18 de diciembre las dos cuotas del aguinaldo, aunque cuentan con hasta 4 días hábiles de retraso, principalmente para sectores en el que el componente salarial es muy volátil (por horas extra, comisiones o jornales) y se necesita esperar hasta fin de mes para tener la información completa y liquidar el salario complementario correctamente. Los plazos son estipulados por la ley 27.073.
Para calcularlo, se toman en cuenta los salarios de enero a junio, incluyendo el sueldo básico, las horas extras y otros plus que se hayan percibido. De esos seis montos, se considera el mayor y se divide en dos, el 50% se paga a fin de junio, y el resto en diciembre. Cabe aclarar que los pagos retroactivos no se suman al mes en el que se abonan, sino a los meses en los que correspondería ese pago.
En cuanto a los beneficiarios de las jubilaciones y las pensiones no contributivas, la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) informó el cronograma de pagos que va del 17 al 21 de junio. El pago del aguinaldo de mitad de año se hará al mismo tiempo que el cobro correspondiente a junio. Según la Ley de Movilidad, este haber viene con un aumento del 10,74 por ciento a partir de este mes.
Por su parte, las asignaciones familiares como la Asignación Universal por Hijo (AUH) se toman como un subsidio de la ANSES, por lo tanto no forman parte del salario y no se tienen en cuenta para el cálculo del medio aguinaldo.