El Defensor del Pueblo confirmó que presentaron un recurso junto a la Asociación de Defensores de todo el país y remarcó: "Iguacel decía que se iba a pagar en 24 cuotas, pero la norma sólo dice que se va a pagar desde el 1 de enero".

COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR/Escuchá el audio) – El Defensor del Pueblo de Chubut, Héctor Simionatti, confirmó en Actualidad 2.0 que junto con la Asociación de Defensores de todo el país presentó un recurso ante el Ministerio de Hacienda de la Nación para que se anule la resolución 2018 que implica la compensación por la devaluación de usuarios a empresas productoras de gas. Al respecto, afirmó que “es porque la norma carece de fundamentos adecuados y no es muy clara".

Compensación a productoras de gas: "es una norma inconstitucional", remarcó Simionatti

La presentación fue realizada con “el presidente de la Asociación que nos nuclea a toda las Defensorías del país. Es un recurso administrativo presentado ante el Ministro de Hacienda que es el superior inmediato del secretario de Energía que ahora depende de Hacienda”, remarcó.

Sostuvo que “es una acción conjunta y en principio porque la norma que salió publicada el viernes 5 de octubre primero carece de fundamentos adecuados. No es muy clara, (el secretario de Energía, Javier) Iguacel decía que se iba a pagar en cuotas y en pesos, pero la norma sólo dice que se pagará desde enero en 24 cuotas para compensar la pérdida de las distribuidoras”.

“Por eso decimos que viola la normativa de usuarios y consumidores y normativas del Código Civil que habla de cancelación de pagos a través del recibo que cada acreedor otorga con cada cancelación de deuda”, afirmó.

https://twitter.com/EleYrrazabal/status/1049699113787420673

Además, sostuvo que “la norma se contrapone. El mismo Código Civil establece que las normas rigen a futuro y no pueden ser retroactivas, es un principio muy utilizado en la vida cotidiana y en relación que no son jurídicas".

Agregó: "No se puede legislar para atrás y se estipula que cuando el deudor paga sus deudas y el acreedor sin hacer reservas entrega el recibo cancelatorio; no puede luego reclamar una supuesta deuda. Son estos principios que son claros y no son muy complejos de analizar”.

Simionatti afirmó que "esta resolución también se torna injusta si es que existieron supuestas pérdidas de la empresas, y eso no está justificado”.

Además, remarcó que “existen una serie de costos que no están expresados en dólares, pero sí, el costo del boca de pozo que creemos que es excesivo”.

Planteó que en el recurso se considera necesario tener en cuenta todos los incrementos tarfiarios. “Hablamos de promedios muy importantes. Si dejamos un promedio de 1500% desde que se aplica la nueva política tarifaria de 2016, y casi todos podrán coincidir que algo se tenía que hacer, pero creo que se podía hacer de otra forma, y se vemos números, creo que a nadie se le incrementó sus haberes en un 1200 o 1500 por ciento”.

“Por un lado se achica la tarifa social, los beneficios disminuyen de la tarifa social, ya no rige más el beneficio del ahorro que implicaba una disminución de tarifa, y por otro lado, nos quieren hacer cargo de los supuestos déficit de las empresas distribuidoras, por lo que es un esquema injusto”, remarcó.

Por último, recordó que “la semana que viene tendría que haber aunque sea algún indicio de respuesta. Si bien hay que estar sobre el tema, tenemos algunos días para analizar porque la resolución comenzará a aplicarse en 2019”.

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