Con el aumento del salario mínimo, un grupo de jubilados cobrará un "plus" en agosto
Más de un millón de jubilados percibirán ese adicional, el resto -más de 7 millones- cobrará lo mismo que los dos meses anteriores
En Argentina hay 1.150.000 de jubilados y pensionados que tienen “30 años o más de servicios con aportes efectivos”, cobran el haber mínimo ($ 37.525) y se jubilaron sin acudir a la moratoria: a ellos les corresponde este mes un aumento de $ 1.712.
Así, para este grupo la jubilación mínima más ese adicional subirá de los $ 37.525 que cobraron en junio y julio a $ 39.237 en agosto.
El resto de los jubilados y pensionados (más de 7 millones) percibirá con sus próximos haberes los mismos valores de los últimos dos meses.
El por qué del adicional
Esa suba de $ 1.712 se explica porque el artículo N° 5 de la ley 27.426, aprobada en diciembre de 2017, especifica que los jubilados y pensionados “con 30 años o más de servicios con aportes efectivos” cobrarán un “un suplemento dinerario hasta alcanzar un haber previsional equivalente al ochenta y dos por ciento (82%) del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil”.
Como agosto arranca con el aumento del salario mínimo a $ 47.850, el 82% de ese monto son $ 39.237.
Luego esa diferencia dejaría de pagarse en septiembre porque, por la movilidad previsional, ese mes les corresponde a todos los jubilados y pensionados un incremento de haberes. Y la jubilación mínima tendría un incremento y desaparecería esa diferencia o plus, salvo que vuelva a subir el Salario Mínimo y el 82% del SMVM supere el nuevo valor del haber mínimo que regirá en septiembre, octubre y noviembre.
Desde que se aprobó ese plus transitorio, se pagó en los meses de enero-mayo y de julio a noviembre de 2018; en agosto y en octubre- noviembre de 2019 y en octubre y noviembre 2021.
El incremento del salario mínimo también impacta en los programas “Potenciar Trabajo” (poco más de un millón de personas) que cobran la mitad del salario mínimo y “Acompañar” (35.000 personas), especialmente mujeres y personas del colectivo LBGTI+ en situaciones de violencia de género, que perciben un salario mínimo durante 6 meses consecutivos.
También incide en los trabajadores registrados mensualizados o jornalizados que cobran menos del salario mínimo mensual o por hora. Y de manera indirecta como referencia sobre los trabajadores no registrados o informales.
Con información de Telefe