COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) – En la mañana de este viernes se realizó la audiencia de control de la prisión preventiva de Mario Díaz, condenado por el homicidio de Valeria Palma, ocurrido en el interior de un inquilinato el 27 de agosto de 2016.  Allí, los jueces resolvieron confirmar la prisión preventiva que viene cumpliendo el imputado por el término de seis meses.

En un primer momento la funcionaria de fiscalía, Cintia Iglesias, solicitó al tribunal el mantenimiento de la medida de coerción que pesa sobre Díaz en virtud que siguen vigentes los peligros procesales por los cuales se le dictó la medida y a la existencia de elementos de convicción suficientes para tenerlo como autor del homicidio de Valeria Palma. Un tribunal de primera instancia, el pasado 23 de junio de 2017, lo declaró penalmente responsable y condenó a la pena de 19 años de prisión. Dicha condena fue confirmada el 23 de octubre del presente año por la Cámara Penal de nuestra ciudad, adquiriendo así el doble conforme. La funcionaria argumentó que con el devenir del proceso el peligro de fuga se ha incrementado por las características graves del hecho y la violencia utilizada en el mismo.

Seguidamente, la defensora, Lilian Bórquez, expresó que no comparte “los argumentos expresados por la representante del Ministerio Público Fiscal”, pero a su vez admitió que “no tiene elementos nuevos para traer al análisis del tribunal”, recordando que ambas partes, la fiscalía solicitando perpetua, y la defensa una medida de seguridad, impugnaron ante el Superior Tribunal de Justicia provincial el decisorio de la Cámara. La defensora no se opuso al mantenimiento de la medida de coerción; pero requirió al tribunal se le otorgue un turno para ser atendido en el área de Salud Mental del Hospital y se le renueven los recreos en su lugar de detención.

Para concluir, los jueces integrantes del tribunal, Gladys Olavarría y Jorge Odorisio, resolvieron confirmar la continuidad de la medida de coerción que pesa sobre Díaz por seis meses o bien hasta realizarse una nueva audiencia de revisión. Ello en tanto que se ha acreditado que es autor del hecho y confirmado por un tribunal de alzada, adquiriendo así el doble conforme. Asimismo, los jueces mencionaron la falta de arraigo del condenado, la gravedad del hecho y el monto de la pena aplicado que configuran el peligro de fuga. Respecto de los turnos y el recreo expresaron que no son competentes y que dichos pedidos debían ser canalizados a través del juez de ejecución penal.

EL HECHO

El ilícito tuvo lugar el pasado 27 de agosto de 2016, siendo aproximadamente las 23.20 horas, en el interior de un inquilinato ubicado sobre la calle Ignacio Rucci que compartían el imputado Mario Díaz y la víctima, Valeria Palma. Luego de una discusión el imputado tomó un martillo y comenzó a golpear con fuerza a la víctima. Intervino en ese momento el dueño del inquilinato y le quitó el martillo a Díaz; pero éste siguió agrediendo a la víctima con un cuchillo provocándole múltiples heridas en el rostro, pérdida de masa encefálica y 24 lesiones punzo cortantes en el tórax y abdomen.

La mujer falleció como consecuencia de un shock hipovolémico irreversible producido por las múltiples heridas.

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