Cuáles son los jubilados y pensionados que cobran el bono de $1.500 de Anses
Este martes se inició el cronograma de pagos del bono correspondiente al mes de abril. El beneficio alcanza a 4,8 millones de jubilados y pensionados.
CAPITAL FEDERAL - La Administración Nacional de la Seguridad Social comienza hoy el cronograma de pagos del primer bono de 1500 pesos para titulares de Pensiones No Contributivas con DNI finalizados en 0, 1, 2 y 3, sumándose al aumento del 8,07 por ciento de la fórmula de movilidad vigente de marzo.
A partir de mañana miércoles 7, el bono se otorgará con el calendario habitual. De esta forma, el haber mínimo será de 22.071 pesos en abril y mayo.
Anses explicó que esta medida alcanzará, por decisión del Gobierno Nacional, a 4,8 millones de jubilados, jubiladas, pensionados y pensionadas con ingresos de hasta 30.856 pesos, es decir, al 70 por ciento de las personas del régimen general.
"De esta forma, el Estado realizará una inversión de 14,4 mil millones de pesos (por abril y mayo) para proteger los ingresos e impulsar el consumo", se indicó en un comunicado, en que además ratificó que el segundo bono de 1.500 pesos se otorgará el próximo mes.
Quiénes cobrarán el bono de $1500 de Anses
A través del decreto 281/2021, el Gobierno dispuso otorgar un "subsidio extraordinario" por un monto máximo de 1.500 pesos, a abonarse en abril y una cifra similar en mayo.
El beneficio alcanza a:
-los jubilados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA),
-a quienes perciben la Pensión Universal para el Adulto Mayor y
-los beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o hijas o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSeS.
Los titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban hasta 30.857,16 pesos, el subsidio extraordinario será de 1.500 pesos; sin embargo, para quienes perciban un importe superior, ese subsidio será igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de 32.357,16 pesos.
En el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, éstos deberán ser considerados como único titular a los fines del derecho al subsidio extraordinario.
Los subsidios, no alcanzan a:
-los Regímenes de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Policiales o del Servicio Penitenciario de las Provincias cuyos sistemas de previsión fueron transferidos al Estado Nacional, cuando fuere su único beneficio.
Por otra parte, vale recordar que no son susceptibles de descuento alguno ni computables para ningún otro concepto.