El Gobierno nacional confirmó hoy la eliminación de la segmentación tarifaria actual que rige desde el año pasado y la implementación de la nueva Canasta Básica Energética que subsidiará parte de las tarifas a hogares de menores ingresos y menores consumos.
El nuevo régimen determinará una porción de subsidio a la demanda que se aplicará de acuerdo a los ingresos familiares, el número de integrantes del hogar y la zona geográfica con topes determinados por mes.

En el caso de la provincia de Neuquén quedará alcanzada por cuatro zonas biomedioambientales diferentes con topes diferentes. Por ejemplo, quienes residan en Neuquén capital tendrán un tope de consumo para una familia tipo de 211 m3 gas por día y 162 kwh de luz en julio. Para los residentes de San Martín de los Andes serán de 595 m3 gas por día y 162 kwh de luz en el mismo mes. Este nuevo esquema implica también la desaparición de los usuarios N3 (ingresos medios) que pasarán a pagar la factura plena si no reúnen los requisitos de la CBE. En términos de las últimas subas de luz, pasarían a pagar con el último aumento, un 166% más que en enero, en vez de un 70%.

El subsidio a la Canasta Básica será total o parcial para los grupos más vulnerables de la sociedad de acuerdo a una fórmula que contempla un valor para el metro cúbico de gas, la suma del valor kilowatt hora (variable mes a mes de acuerdo a las temperaturas estacionales), los ingresos familiares y un porcentaje de alcance del subsidio que aún no fue explicitado en la audiencia. Todos los datos serán obtenidos desde el Registro de Acceso a los Subsidios Energéticos (RASE) del año pasado, AFIP y ANSES.

“El monto a subsidiar será la diferencia entre el valor de la CBE y un porcentaje a definir del monto de ingresos del grupo conviviente que se considere razonable aplicar a la cobertura de la CBE”, afirmaron a través de un documento.

El porcentaje trascendido en un primer momento hablaba de que el subsidio buscará que el usuario no gaste más del 10% de sus ingresos en tarifa de luz y gas. Si esto sucediera, el Estado transferiría esa diferencia.

Este porcentaje va en línea con lo que se expuso en la Audiencia Pública de hoy en lo referido a los datos del Banco Interamericano de Desarrollo que contempla que si una familia destina más del 10% de sus ingresos al pago de la energía, esto indica pobreza energética. En este caso, si entre todos los miembros cobran $250 mil mensuales y la factura de luz y gas suman $50 mil, el Estado nacional podría devolverle $25 mil. Pero, si los ingresos superaran los $500 mil, deberían abonar el total de las facturas.

¿Cómo se pagaría el subsidio?
El pago del subsidio se aplicará por transferencia directa al beneficiario mediante una tarjeta virtual o por CBU o mediante un descuento en la factura. En este sentido, afirmaron que “una vez verificada la información provista mediante declaraciones juradas y calculado el subsidio conforme a la correspondiente CBE, se transferirá la suma del subsidio al beneficiario”.

El economista de la UBA y especialista en Economía de la Energía y Planificación Energética del COPIME, Julián Rojo, advirtió que un sistema de transferencia hacia un CBU del usuario solo podría ser eficiente si es una cuenta especial para pagar exclusivamente a ese servicio de energía, que es lo mismo que hacer un descuento en la factura.

“El riesgo principal es que si la cuenta sirve para cualquier gasto, podría pasar que el usuario reciba el dinero y no pague la energía que consume. Le cortan el servicio pero además la distribuidora se queda sin dinero para pagar la energía que le “revendió” al usuario”. Rojo explicó que este sistema podría afectar la sostenibilidad financiera del servicio y la calidad de prestación.

“¿Cómo suele resolverse esto? hay dos opciones: la distribuidora se endeuda con el que le vende la energía o bien el Estado se hacer cargo de la deuda con fondos del Tesoro. Es decir, podría tener un impacto fiscal a pagar por los 15 millones de hogares del país”, advirtió.

Criterios de exclusión para la Canasta Energética
En los últimos días, la Secretaría de Energía oficializó un nuevo listado con los criterios de exclusión para la Canasta Básica Energetica. Esto son: ser titular de una aeronave, de una embarcación de lujo o con fines recreativos, de dos o más inmuebles, de al menos un automóvil con una antigüedad inferior a 5 años, de dos automóviles con una antigüedad menor a 10 años o poseer un automóvil de lujo o colección. Además, quedarán excluídos quienes sean titulares de medicina prepaga no vinculada a empleo en relación de dependencia, quienes hayan viajado a países no limítrofes en los últimos 5 años, registren consumos en tarjeta de crédito o billeteras virtuales superiores a $780.000 y quienes hayan comprado moneda extranjera en al menos uno de los últimos tres meses.

“Es un cambio en la concepción de los subsidios con objetivo de desterrar prácticas que conducen a una opacidad de la tarifa y que no permiten reconocer el costo real de las tarifas”, explicaron en la Audiencia donde hicieron una fuerte crítica al Decreto 322/22 que implementó la actual segmentación.

“Que alguien tenga medicina prepaga no es solo causa de exclusión sino que es un elemento adicional porque no es justo ni razonable que quienes pueden pagar servicio no lo hagan a su real costo”, la subsecretaria de planeamiento energético, Mariela Beljansky.

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