El Gobierno publicó el DNU del confinamiento estricto: cuáles son las restricciones que regirán hasta el 30 de mayo
El texto con las nuevas restricciones rige a partir de este sábado a las 00:00. Las medidas volverán a aplicarse el 5 y 6 de junio. Quiénes podrá circular y qué actividades se cierran.
El Gobierno Nacional publicó en la noche de este viernes en el Boletín Oficial el nuevo decreto de necesidad y urgencia (DNU) con los nueve puntos que establecen el confinamiento estricto por nueve días, para tratar de aplacar el recrudecimiento de la segunda ola coronavirus.
Entre los principales ítems se destacan que el espacio público se puede usar solo para recreación individual; los monotributistas se van a poder sumar al plan Repro 2; y las empleadas domésticas no son consideradas esenciales. Además, el DNU tiene un artículo con excepciones de circulación con uso de transporte público y con excepciones de circulación sin uso de transporte público.
Además toda actividad recreativa estará permitida al aire libre entre las 06:00 y las 18:00, y tras este horario la restricción de circulación será total salvo para los trabajadores esenciales que estén cumpliendo con sus tareas. Mientras que el sistema de “take away” y/o de compra de alimentos deberá ser en las cercanías de donde viva la persona.
Aquellas personas que ya tengan un turno programado van a poder asistir, pero tiene que tramitar un permiso. Para testeos y vacunación y para los turnos en bancos y/o ANSES será igual. A su vez, la construcción privada no estará permitida bajo ningún punto de vista.
Dentro de los comercios no se podrá atender al público, y tampoco en la puerta aunque lo que sí estará permitido es entregar algo. En tanto que la circulación por casos de fuerza mayor también estarán permitidos.
Las medidas serán aplicables a lugares de alto riesgo epidemiológico y sanitario o en situación de alarma epidemiológica entre el 22 y el 30 de mayo, así como los días 5 y 6 de junio.