El hijo de Alberto Fernández ya tiene su DNI no binario: se autopercibe como "Tani"
Lo confirmó a través de su cuenta oficial de instagram, en donde publicó una foto de su documento que tiene una letra "X" en la categoría de sexo.
El hijo del presidente Alberto Fernández, quien ya tiene en sus manos su DNI no binario, ya no se autopercibe "Dyzhy", su nuevo nombre es "Tani",
"Está bueno entender que un plástico no dice quién soy pero me ampara en un marco jurídico para hacer respetar mi identidad, entonces yo estoy muy feliz", expresó en la red social.
Tani anticipó que iniciaría el trámite el pasado 21 de julio, luego de que el Gobierno Nacional presentara los nuevos documentos que reconocen las identidades no binarias e hiciera entrega de los primeros tres a Valentine Machado, Gerónimo Carolina González Devesa y Shanik Lucián Sosa Battisti.
“No me considero hombre, me considero persona no binaria”, dijo en un vivo de Instagram. En esa oportunidad, remarcó que aunque se necesitará tiempo para que este cambio se naturalice, a raíz de que la gente "tiene que deconstruirse", resulta importante que el Estado dé el primer paso en reconocer este tipo de derechos.
"Hoy no es raro, no llama la atención, ver a una pareja homosexual casándose desde que se aprobó el matrimonio igualitario", ejemplificó, aunque reconoció que "obviamente que existe gente del mal: transfóbica, homofóbica”, que sigue resistiendo estos avances.
Sobre el DNI no binario
El cambio en los DNI, cuyo alcance también se verá reflejado en los pasaportes, fue presentado en julio, en un acto dentro del Museo del Bicentenario, por el presidente Alberto Fernández, el ministro de Interior, Wado de Pedro, y la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidades, Elizabeth Gómez Alcorta.
El anuncio fue formalizado en el Decreto presidencial N°476/21. “A los fines del presente decreto, la nomenclatura 'X' en el campo 'sexo' comprenderá las siguientes acepciones: no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada, autopercibida, no consignada; u otra acepción con la que pudiera identificarse la persona que no se sienta comprendida en el binomio masculino/femenino”, dice el artículo 4°.