El juez federal Julián Ercolini avaló las movilizaciones en cuarentena
Lo hizo a través de un fallo, en el que sobreseyó a un grupo de abogados que había marchado hace cuatro meses en plena endemia. “Fue en el marco del ejercicio de un derecho", justificó.
BUENOS AIRES (ADNSUR) - El juez federal Julián Ercolini avaló las marchas y movilizaciones realizadas durante el aislamiento en el marco de la pandemia; así lo expresó en un fallo en el que sobreseyó a un grupo de abogados que marchó hace cuatro meses para reclamar para que su profesión sea considerada esencial y se aplique el teletrabajo en el Poder Judicial.
“Fue en el marco del ejercicio de un derecho", justificó el magistrado en su fallo.
El caso sobre el que se expidió ocurrió el 4 de junio, cuando unos 100 abogados se movilizaron hacia las escalinatas del Palacio de Tribunales y desde allí al Colegio Público de Abogados (CPACF) al cumplirse 77 días de cuarentena. La actividad aún no estaba exceptuada, y pedían que se habiliten plataformas digitales para trabajar a distancia.
En su momento fueron denunciados por el CPACF por la violación del aislamiento. Sin embargo, el magistrado interpretó que no hubo delito.
“Su movilización fue en el marco del ejercicio de un derecho y para reclamar, ante las autoridades competentes a efecto, la posibilidad de poder ejercer otro (trabajo) y bajo una modalidad que justamente fue diseñada para garantizar la seguridad de los agentes del sistema; concretamente la labor a través de plataformas digitales desde sus hogares”, señaló Ercolini.
Según el juez y el fiscal federal Gerardo Pollicita, el caso debía cerrarse. Consideraron que los abogados hicieron uso de su derecho a manifestarse y de reclamar a las autoridades sin poner en riesgo la salud pública.
“Es importante valorar la razón por la cual los acusados convocaron y/o, según el caso, formaron parte de aquella manifestación, pues ello resulta fundamental para definir si tuvieron intenciones de incumplir con las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia”, sostuvo en el fallo.
Ercolini también indicó que “más allá de los recaudos de seguridad e higiene previstos en este contexto excepcional, fue dentro de los límites tolerables para este tipo de eventos”.
Y en cuanto a esa infracción, en el fallo se indicó que "no hay ningún elemento que permita sostener que alguno de los imputados presentaba en aquel entonces COVID-19, o síntomas compatibles con dicha enfermedad, por lo que tampoco puede sostenerse que existió un riesgo jurídicamente desaprobado ni que este se hubiera verificado en un ́resultado lesivo”.
La decisión puede ser apelada por el Colegio, que fue aceptado como querellante para actuar en la causa, para que sea revisado por la Cámara Federal, informó TN. Si bien el fallo responde a este episodio en particular, constituye un precedente para otras de similares características, en el marco de las movilizaciones que tuvieron lugar durante los meses de aislamiento.