Eliminaron la VTV y el seguro automotor ¿Qué documentos son necesarios para circular en vehículo?
Así lo confirmó el presidente de la Nación, Javier Milei durante la cadena nacional realizada el pasado miércoles dónde presentó un DNU con reformas en el Estado, al que llamó "Bases para la reconstrucción de la economía argentina".
El pasado miércoles Javier Milei, presidente de la Nación, habló en cadena nacional presentó un DNU con reformas en el Estado, al que llamó "Bases para la reconstrucción de la economía argentina". Cabe señalar que en una de esas medidas, confirmó la eliminación de la VTV (Verificación Técnica Vehicular) y el seguro automotor.
De esta forma, a través del artículo 361, sustituyó “el artículo 22 del Decreto-Ley Nº 6582/58 ratificado por la Ley N° 14.467 (t.o. 1997) y sus modificatorias” por el artículo 22. Allí, establece que “Sin perjuicio de la expedición del título a que se refiere el artículo 20, juntamente con la inscripción originaria, o con cada una de las correspondientes a las sucesivas transferencias de dominio, el Registro entregará al titular del automotor una o más cédulas de identificación de este, en las que se consignarán los datos que, con respecto al automotor y a su propietario, establezca la autoridad de aplicación”.
En tanto, “las cédulas se entregarán digitalmente, las que tendrán la misma validez que las físicas. El adquirente podrá pedir una o varias cédulas físicas las que podrán tener un costo. Dichas cédulas deberán ser devueltas por el enajenante del automotor, expidiéndose nuevas para el adquirente”, mientras que su tenencia “acreditará derecho o autorización para usar el automotor, pero no eximirá de la obligación de justificar la habilitación personal para conducir. La cédula, la licencia para conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con el automotor, y las autoridades provinciales o municipales no podrán establecer otros requisitos para su uso legítimo”.
Además, explicaron que “será obligatorio exhibir esos documentos a la autoridad competente, pero no podrán ser retenidos si no mediare denuncia de hurto o robo del automotor u orden de autoridad judicial”.
QUÉ DOCUMENTOS SERÁN NECESARIOS PARA CIRCULAR
Según informó Ámbito, tras el DNU presentado por Milei, será necesario presentar a quien corresponda, la cédula del auto, que será digital; la licencia de conducir y el comprobante de pago de la patente.
Por otra parte, ya no podrán ser retenidos los vehículos, salvo en los casos que exista una orden de autoridad judicial o por denuncia de robo. Asimismo, durante un control y ante la falta del seguro de responsabilidad civil, no podrá secuestrarse el auto.