En Comodoro, violar la cuarentena sale caro: las multas van desde los 5 mil hasta los 5 millones de pesos
Así lo definieron desde el Municipio de Comodoro Rivadavia, y será aplicado tanto a comercios como a personas que inclumplan con la restricción para circular impuesta desde el Gobierno Nacional. Además, se les inicia una causa penal que prevé penas entre 6 meses y dos años de prisión.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - El valor de las multas por violar la cuarentena va desde los 5.000 pesos hasta los 5 millones de pesos, lo que incluye no solamente a comercios, sino también a personas que de manera particular incumplan con la restricción para circular en la vía pública, de acuerdo con los términos del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio dispuesto por el gobierno nacional. Además, quienes incumplen cargan con el inicio de una causa penal, con una pena prevista de entre 6 meses y dos años de prisión.
La información fue confirmada a ADNSUR por el secretario de Gobierno de la Municipalidad de la urbe petrolera, Maximiliano Sampaoli, quien detalló los valores que fueron actualizados sobre la ordenanza 5830 del año 1995, tal como había anticipado en la víspera el intendente Juan Pablo Luque.
“La resolución que firmó el intendente establece que la Secretaría de Control Urbano y Operativo fiscalizará el cumplimiento de los alcances de la cuarentena obligatoria no sólo para los comercios, sino también para ciudadanos que no respeten las restricciones para circular”, precisó Sampaoli.
En lo que hace a los controles municipales, el funcionario detalló que también se realizan inspecciones bromatológicas y de abusos de precios, además de la obligación de comercios para aceptar tarjetas de débito. En ese marco, recordó que las denuncias pueden canalizarse por whatsapp al número 297-4757288.
Vale recordar que además de la sanción económica, los infractores se exponen a los alcances de lo previsto por el Código Penal, que estipula un tipo delictual con penas de 6 meses hasta 2 años de prisión para quienes incurren en conductas que ponen en riesgo la salud pública (artículo 205 del C.P), mientras que el artículo 202 agrava más la situación para el caso de que se compruebe que el infractor generó contagio de la infección, con una pena que puede llegar hasta los 15 años.
ADNSUR está certificado por CMD Certification para la norma CWA 17493 de JTI, octubre 2024-2026. Ver más
¿Querés mantenerte informado?
¡Suscribite a nuestros Newsletters!
¡Sumate acá 👇🔗!
Recibí alertas y la info más importante en tu celular
El boletín diario de noticias y la data urgente que tenés que conocer