Está prohibido quemar cubiertas en Comodoro: ¿Cuándo comienza a regir la ordenanza y a quiénes se multará?
El concejal Gustavo Reyes habló con ADNSUR sobre los alcances de la ordenanza que entrará en vigencia una vez que sea promulgada y publicada.
El Concejo Deliberante de Comodoro aprobó el jueves pasado el proyecto de ordenanza que prohíbe la quema de neumáticos, plásticos y/o cualquier otro material que produzca humo y gases que contaminen, con el fin de dañar la integridad de las personas, los bienes y/o el medio ambiente, en espacios públicos como privados.
El concejal Gustavo Reyes explicó a ADNSUR que la nueva ordenanza no solamente se aplicará a quienes realicen quemas de cubiertas en manifestaciones públicas, sino también a aquellos particulares que también lo hagan en el ámbito privado.
“No es solamente para las quema de cubiertas que se producen en las manifestaciones, sino también para las que se llevan adelante en las zonas de chacras y en lugares alejados para contener las heladas. Eso también está prohibido y está sancionado”, aclaró.
A continuación, indicó que el objetivo de la iniciativa es desalentar no solo el daño al medio ambiente, sino - en el caso de las manifestaciones- el daño que le hacen a la cinta asfáltica, que se ve afectada por la exposición prolongada al fuego.
CUÁNDO COMENZARÁ A REGIR
El concejal adelantó a ADNSUR que aún está pendiente la promulgación de la ordenanza, pero una vez que ya esté y sea publicada, entrará en vigencia inmediatamente.
En ese caso, ¿los gremios serán sancionados o quienes realicen la quema de cubiertas en reclamos? Reyes explicó que “se va a saber qué institución quemó cubiertas y le llegará la multa a esa institución”.
Finalmente adelantó que las multas para las personas físicas por quemas privadas irán desde los 50 mil a los 100 mil módulos y para la instituciones será de un millón a los dos millones de módulos, teniendo en cuenta que el valor de módulo es de $0, 28.