Fallo inédito: autorizaron a un nene a tener los apellidos de dos papás
El juez santacruceño tomó la decisión tras consultarle al pequeño de 8 - en medio de una disputa judicial - que le parecía la opción de tener los apellidos del padre que lo cría y del biológico, y ante la reacción del nene, resaltó que ahora "no tiene que elegir por una opción o por la otra”. Será inscripto como hijo de dos hombres y una mujer.
“Nadie puede tener más de dos vínculos filiales”, establece el artículo 558 del Código Civil y Comercial en Argentina. Sin embargo, un juez en Santa Cruz decidió contradecir la ley en pos del pedido de un niño.
El niño identificado como “T”, tiene 8 años y vive en Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, y será inscripto como hijo de dos hombres y una mujer. Llevará primero el apellido del papá que lo cría (cuya inicial es P.), la actual pareja de su mamá y se agregará después el del padre biológico (C.), que inició el trámite para reconocerlo hace unos meses.
El conflicto resuelto por el juez se generó tras un pedido del padre biológico, en conflicto con la mujer, que pedía anular el reconocimiento legal hecho en 2017 por la actual pareja de la madre.
El juez de familia, Antonio Andrade, explicó que la decisión de que sea inscripto con dos apellidos paternos surgió del proceso de hablar con el nene. “Te habías sentido incómodo ante la opción de tener que decidir entre C. y P. Recuerdo que cuando surgió la posibilidad de que los dos sean tus papás, te sorprendiste de que se pueda y dijiste ¡SI ME GUSTARÍA! bastante fuerte”, le dice el magistrado, y agrega una poesía de Liliana Ancalao, “qué resistencia de personitas/ al acecho/ de un resquicio/ una fisura/ por donde filtrar su luz/ su desbandada luz/ su verdad insoportable// justo a nosotros/ que nos hacemos los fuertes/ justo a nosotros/ y nos quedan grandes". Y agregó: “T. nos quedaste grande”.
Y agregó - según publica Página 12- que el pequeño “está en cabal conocimiento de su origen biológico, de la existencia e identidad del señor C. y de que quiere comenzar a vincularse con él. Pero por otro lado le es innegable el lazo afectivo construido con quien ha ejercido hasta el día de la fecha (y lo sigue haciendo) un rol paterno socio afectivo”.
Por lo que este fallo permitirá que el nene pueda garantizar su vinculo sin tener que tenga que elegir. "T. no tiene que elegir por una opción o por la otra”, ni los adultos en cuestión tienen por qué renunciar “a sus aspiraciones, anhelos, vínculos, derechos y deberes para con el niño”, destacó el magistrado santacruceño.