Las billeteras virtuales y los Proveedores de Servicios de Pago que ofrecen cuentas de pago fueron incorporados a la norma de “Protección de los usuarios de servicios financieros”, según informó el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

Hasta la fecha, la norma sobre protección de los usuarios de servicios financieros únicamente incluía, como sujetos obligados, a las entidades financieras, a los operadores de cambio, a los fiduciarios de fideicomisos acreedores de créditos cedidos por entidades financieras, a las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra, y a otros proveedores no financieros de crédito.

Pero a partir de esta incorporación, quienes ofrecen los servicios de billeteras virtuales y los proveedores de servicios que ofrecen cuentas de pago deberán observar las normas sobre Protección de los usuarios de servicios financieros, cuyo objetivo consiste en proteger a las personas usuarios respecto del accionar de las entidades, prevenir en las entidades situaciones de errores o incumplimientos y promover mejores prácticas en beneficio de las personas usuarias.

¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS?

▶️Mejor claridad en la información 

▶️Reintegros de reclamos, débitos no consentidos o bonificaciones, en plazo con más intereses 

▶️Protección de cláusulas abusivas Obliga a las billeteras virtuales a otorgarle ayuda al cliente de manera accesible. 

▶️Asegura que los términos de la contratación puedan ser leídos, descargados y guardados de manera inalterable 

▶️Los clientes podrán rescindir un contrato o hacer la baja de manera sencilla.

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