RÍO GALLEGOS - El Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, a cargo de Matías Kulfas, resolvió una nueva normativa para controlar las ventas de automotores en la Zona Franca de Río Gallegos. Además estableció como valor máximo de compra de 5.000 dólares para motos, 25.000 dólares para autos y 40.000 para pick up.

Con las nuevas reglas, el grupo familiar de una persona que haya comprado un vehículo no podrá adquirir otro auto en la Zona Franca hasta después de los 5 años.

En marzo la ministra Silvina Córdoba viajó a Buenos Aires para hablar con Kulfas acerca de los avances administrativos que se requieren para la futura apertura de la Zona Franca en las afueras de Río Gallegos.

Esa misma cantidad de años es la que los vehículos quedarán afectados al régimen de exención aduanera.

Los propietarios podrán vender las motos, autos o camionetas compradas en la Zona Franca luego de transcurridos dos años del patentamiento.

Sin embargo, el dueño deberá solicitar al servicio aduanero una autorización, desafectarlo de la exención impositiva y devolver a la AFIP un porcentaje de los beneficios: Dentro del tercer año, el 80%, Dentro del cuarto año, el 50%, Dentro del quinto año, el 20%, A partir del quinto año cumplido en adelante, libre de pagos.

Controles

Por otra parte, establece que el servicio aduanero deberá disponer los mecanismos que le permitan controlar que los vehículos comprados en la Zona Franca no estén fuera de la provincia de Santa Cruz durante más de 90 días. Para ello deberá tener "un sistema tecnológico", que deberá "arbitrar el concesionario a fin de ofrecer y garantizar la comunicación automática al servicio aduanero de intentos de manipulación y/o posibles salidas del ámbito de la Provincia de Santa Cruz".

Además, se estableció que los vehículos automotores adquiridos bajo el régimen de la Zona Franca "tendrán un método de registro de patentamiento diferenciado de los adquiridos en el Territorio Aduanero General, a fin de facilitar su clara identificación".  Esto se adiciona a que todos los vehículos automotores adquiridos y registrados bajo ese régimen deberán tener una oblea identificatoria, a fin de facilitar su clara y fácil identificación, algo que ya regía con la normativa anterior.

Con información de La Opinión Austral

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