Hughes: “El DNU de Milei no cumple las razones de necesidad y urgencia que dicta la Constitución Nacional”
Aclaró además que la VTV y la portación del seguro automotor sigue vigente, al tiempo que opinó a favor de la eliminación de los Registros del Automotor, aunque no lo dice claramente la norma.
El abogado constitucionalista Edgardo Hughes opinó, en diálogo con ADNSUR, que no están dadas las razones de necesidad y urgencia para justificar el decreto número 70 que impulsa Javier Milei, por el que propone la modificación de 300 leyes. También explicó cómo es el procedimiento para validación o anulación de la norma.
“Una vez dictado el decreto, tiene que ser analizado por una comisión bicameral, integrada por 8 diputados y por 8 senadores, en un plazo de 10 días hábiles. En este momento la comisión está en proceso de integración -aclaró- pero una vez conformada, tiene que analizar y emitir un dictamen, que puede ser unánime o por mayoría, pero que no es vinculante”.
Para graficar con un ejemplo, el reconocido hombre de leyes de la zona sur de Chubut, que fue convencional constituyente en la reforma de 1994 e integró también el Superior Tribunal de Justicia, dijo que, si la comisión declarase que el decreto es inválido, igualmente debe ser tratado por el Congreso:
“Los demás legisladores no tienen la obligación de seguir el criterio de la comisión bicameral, pero es una referencia importante en cuanto al ordenamiento constitucional -evaluó-. La posición de la comisión debe estar fundada y debe llegar al Congreso en un plazo no mayor a 10 días hábiles, una vez emitido el dictamen”.
ALCANZA CON LA APROBACIÓN DE UNA SOLA CÁMARA
Otra característica diferencial del decreto de Necesidad y Urgencia es que alcanza con la aprobación de una sola cámara, a diferencia del tratamiento de los proyectos de ley habituales, en los que se requiere la aprobación de diputados y senadores.
“Esto entraría por Diputados y si en esa cámara declaran la validez, el decreto ya tendría fuerza de ley -explicó Hughes-. En ese caso ya no sería necesario que lo trate el Senado”. Y si bien no sería habitual, podría ocurrir también que, si Diputados lo declara nulo, la Cámara de Senadores decida tratarlo y con una mayoría más favorable al gobierno de Milei, podría revertirlo.
“Podría ocurrir, aunque no sería algo habitual -reconoció-. Pero puede ocurrir, en base a un acuerdo político, que se trate primero en Diputados o en Senadores, donde el oficialismo tenga el consenso para aprobarlo”.
Posteriormente, en caso de declararse la validez, podría haber planteos judiciales desde distintos ámbitos, tanto públicos como privados, incluso ya se han realizado desde algunos sectores.
“A mi entender, los amparos que se han presentado son extemporáneos, por prematuros, porque el decreto recién entraría en vigor el día 28 de este mes, así que realmente todavía no está en vigencia (rige a los 8 días hábiles posteriores a la publicación en el Boletín Oficial)”, observó el abogado.
También recordó que algunos DNUs dictados en gobiernos anteriores quedaron vigentes por falta de tratamiento en el Congreso, ya que nunca fueron aprobados como tales y sin embargo tuvieron efecto. En ese marco, recordó el decreto de Alberto Fernández a fines del año pasado, cuando declaró un asueto nacional para que la gente pudiera celebrar el Campeonato Mundial de Fútbol ganado por la Selección Argentina, “una cosa que excede toda lógica racional”.
ELIMINACIÓN DEL REGISTRO AUTOMOTOR Y QUÉ PASARÁ CON EL SEGURO Y LA VTV
Hughes observó también, a partir de algunas interpretaciones que trascendieron sobre el decreto, que no hay una eliminación específica de los Registros de Propiedad del Automotor, aunque consideró que sería necesaria una medida en ese sentido, para reducir la burocracia y los altos costos que debe pagar la ciudadanía al momento de adquirir y patentar un vehículo.
“Creo que en los tiempos actuales, de comunicaciones y de internet, no es necesario concurrir a este tipo de lugares para registrar un vehículo, creo que son innecesarios y el presidente prometió la eliminación de los 1.433 registros de todo el país -recordó-. Además, imponen un costo que puede ser del 6% sobre el precio de la unidad, por lo que toda esa tramitación burocrática debería eliminarse y simplificarse. Pero en realidad el DNU aclara bastante poco sobre este tema”.
En relación a lo que trascendió como “eliminación de la VTV y del seguro automotor”, Hughes aclaró que esa interpretación no es correcta.
“Nadie puede circular sin seguro y esto está establecido por la ley Nacional de Tránsito, sigue siendo obligatorio lo mismo que la Revisión Técnica Obligatoria. Estoy convencido de que esto sigue vigente, tal vez el DNU se ha redactado mal, pero en ese caso se deberá corregir porque es un problema de quien lo redactó”.
Una última consulta a su criterio. A su criterio, en términos generales, se cumplen las razones de necesidad y urgencia. Para justificar un un decreto o cree que hay temas que podrían ser objeto de tratamiento, digamos normal en el Congreso de la nación en forma de proyectos de ley.
“NO ESTÁN DADAS LAS RAZONES DE NECESIDAD Y URGENCIA QUE MARCA LA CONSTITUCIÓN”
Finalmente, Hughes expresó que no están dadas las razones de necesidad y urgencia para modificar 300 leyes por decreto, por lo que opinó que estas iniciativas deberían tratarse a través de proyectos de ley para discutir en el Congreso de la Nación.
“Las condiciones que justifican este tipo de decreto no están dadas, en absoluto. La cuestión de la necesidad y urgencia que indica la Constitución Nacional tiene que ver con circunstancias graves, como una emergencia que impida las reuniones del Congreso. Acá no cayó un meteorito, ni hay problemas de comunicación ni otras circunstancias excepcionales que indica la Constitución en su artículo 93”.
Recordó además que el Congreso ha sido convocado a sesionar en período extraordinario, lo que suma otra razón en contra del DNU.
“En concreto, creo que estoy debió haberse tramitado por ley, en forma individual sobre los distintos temas, no por un DNU, que no es viable. El contenido es otra cuestión y es materia opinable, pero no se dan las circunstancias que exige la Constitución para aplicar este tipo de decretos. Hay muchos fallos de la Corte que ya han explicado cuáles son las circunstancias en que se puede aplicar, pero más allá de eso, está claro que el camino debe ser el de enviar proyectos de ley para tratar estos temas”.