La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) implementará a partir de marzo cuatro modificaciones fundamentales en las condiciones de acceso y permanencia en la moratoria previsional jubilatoria 2024.

El beneficio contemplado en la Ley 24.476 para trabajadores que aún adeuden años de aportes demarcados entre los períodos 01/01/1955 al 30/09/1993 absorberá el incremento del 27,18% definido por el índice de Movilidad y la reducción del tope de Ingresos que, pasó de $ 1.980.00 a $ 1.077.403.

Moratoria: desde diciembre, la cifra mensual mínima asciende a $ 10.331,59 mientras que la máxima trepa a $ 30.994,79.
Moratoria: desde diciembre, la cifra mensual mínima asciende a $ 10.331,59 mientras que la máxima trepa a $ 30.994,79.

CÓMO SE DEFINEN LAS CUOTAS A PAGAR DESDE MARZO 2024

El régimen de carácter permanente dispone la compra de años faltantes de servicios que daten de entre el 01/01/1955 al 30/09/1993 en un plan de hasta 60 cuotas o de cancelación unitaria al contado.

Desde diciembre, la cifra mensual mínima asciende a $ 10.331,59 mientras que la máxima trepa a $ 30.994,79. Cada monto se erige por el porcentaje de Movilidad que ANSES adopta para la actualización de haberes. 

APORTES          - CUOTAS ACTUALES -           CUOTAS DESDE MARZO     

Jubilación: ¿cuáles son los cuatro requisitos principales de Anses para acceder a la moratoria previsional?

EL GOBIERNO CAMBIARÁ LOS REQUISITOS SOCIOECONÓMICOS DESDE MARZO 2024

Las condiciones para acceder a la Moratoria previsional ANSES de la Ley 24.476 reside en aprobar la instancia evaluación socioeconómica.

Según el organismo previsional, esta pauta remite a parámetros objetivos establecidos para el Régimen de Asignaciones familiares de la normativa 24.714 mediante la Resolución 32/18: ingresos inferiores al valor máximo permitido que habilita el cobro de Asignaciones familiares y que, desde marzo, ascenderá a $ 1.077.403 (Decreto N° 194/24).

Además, el pleno de los aspirantes deberá demostrar que posee inmuebles con valuación inferior a $ 2.585.767,2, esto es 2,4 veces el importe anualizado del ingreso previsto en el inciso A de la Resolución General Conjunta 5372/2023 y modificado el lunes. 

"La tenencia de bienes informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor que no supere en UNA (1) vez el importe anualizado del referido ingreso (exceptuándose las maquinarias agrícolas), que no registre la tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, ni tampoco la tenencia de embarcaciones de más de NUEVE (9) metros de eslora informada por la Prefectura Naval Argentina", amplió el texto. 

Otra de las cláusulas se focaliza en los gastos y consumos cuyo promedio mensual correspondiente a los últimos 12 meses anteriores a la fecha de la evaluación tampoco podrá ser superior al 80% del valor máximo permitido que habilita el cobro de Asignaciones familiares ($ 861.922,4).

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