La AFIP otorgó un día más para presentar las declaraciones de Ganancias y Bienes Personales
El organismo tributario decidió que aquellos vencimientos previstos para el 10 y 11 de agosto se considerarán cumplidos en término si se realizan hasta el miércoles 12 inclusive.
CAPITAL FEDERAL - La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales cuyos vencimientos operan los días 10 y 11 de agosto “se considerarán cumplidas en término si se efectúan hasta el día 12 de agosto de 2020, inclusive”, según señaló en un comunicado.
“La Resolución General Nº 4791 busca facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. La normativa también alcanza a las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes al período devengado julio 2020″, agregó el comunicado.
De esta forma, “las presentaciones correspondientes a dichas obligaciones cuyo vencimiento opere los días 10 y 11 de agosto de 2020, se considerará cumplida en término si se efectúa hasta el día 12 de agosto de 2020, inclusive”.
La noticia se conoció luego de que la página web del organismo tributario dejara de funcionar durante varias horas, en el inicio de una semana clave de vencimientos para que los contribuyentes presenten su declaración jurada anual y paguen el saldo de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales correspondientes al ejercicio fiscal 2019.
Las demoras tuvieron tal repercusión que #AFIP se transformó en trending topic en Twitter, sobre todo por la queja de los contadores que deben completar el trámite de la presentación de sus clientes. La página mostraba muchos de los VEP, los volantes de pago, como “pendientes de envío”.
Ayer lunes por la tarde, el organismo informó que los inconvenientes habían sido solucionados pero que podía haber demoras para cumplir con el trámite debido al alto tráfico que se espera estos días.
Asimismo, la decisión de la AFIP contempla que “la información nominativa de retenciones y/o percepciones practicadas en el curso del mes de julio de 2020, conforme las disposiciones establecidas en la Resolución General Nº 2233, cuyo vencimiento opere los días 10 y 11 de agosto de 2020, se considerará cumplida en término si se presenta hasta el día 12 de agosto de 2020, inclusive”, según manifestó el comunicado.
Asimismo, el jueves 13 comienza el pago de los anticipos del ejercicio fiscal 2020, cuya postergación fue solicitada a la AFIP por los contadores a los efectos de que no se superponga con los del 2019, que habían sido postergados por el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont debido a la pandemia del coronavirus.
En medio de la ola de quejas, el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, a través de una carta firmada por su presidente, Guillermo Vinitzky, dirigida a Marcó del Pont, se le pide que tome medidas “urgentes” vinculadas con la “imprescindible necesidad de una prórroga en los vencimientos que están operando esta fecha en los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales”.
En el pedido de esta nueva prórroga la institución señala que lo hace por razones “ya invocadas” en otras presentaciones por el estado de emergencia sanitaria y que esta situación se agravó “seriamente en el día de la fecha por la caída de la página web de la AFIP”.
“Son innumerables los reclamos que estamos recibiendo en nuestra institución de parte de una gran cantidad de profesionales afectados por la situación descripta”, expresó la carta del Colegio.
PROTOCOLO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO
Por otra parte, la AFIP anunció ayer que implementó “un nuevo Protocolo de Actuación e Intervención ante Situaciones de Violencia Laboral con perspectiva de género”. La disposición, publicada en el Boletín Oficial, “establece el procedimiento para abordar y prevenir conductas que provoquen daños físicos, morales y/o psicológicos hacia las trabajadoras de la AFIP, en todo nivel y jerarquía”.
Asimismo, el protocolo contempla los casos de violencia doméstica hacia trabajadoras del organismo, tal como establece la Ley de Protección Integral a las Mujeres. “La incorporación de la perspectiva de género constituye una herramienta necesaria para abordar la problemática de la violencia laboral”, consideró la AFIP a través de un comunicado.
“La discriminación y violencia por motivos de género son ejercidas contra todas las personas en distintos ámbitos de la vida social pero, en comparación con los hombres, las mujeres y personas LGBTI+ representan la población mayormente afectada por esas formas de violencia debido a factores estructurales culturales e históricos” agregó el organismo recaudador.