El pasado 2 de agosto, la ANMAT (Administración Nacional de Alimentos, Medicamentos y Tecnología Médica) prohibió la venta y consumo de un aceite de oliva por estar "falsamente rotulado".
Así lo expresó, a través de La Disposición 5977/2023 en un Boletín Oficial. Además, consideraron el producto como "ilegal".
EL COMUNICADO DE ANMAT
“Las presentes actuaciones se iniciaron a partir de un reclamo de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), acerca del producto rotulado como Aceite de oliva Extra Virgen marca Verde Olivo, Contenido Neto 2Lts, Consumir antes Septiembre/25, Establecimiento N° 22628340 RNE 4379-161135-37 - RNPA 4552-2951-35, Origen de La Rioja, Industria Argentina, debido a que no presentaría las características organolépticas propias de ese alimento”, expresó el organismo.
La ANMAT prohibió la venta de dos geles lubricantes íntimos por "falta de control"
En este sentido, de acuerdo a consultas, los Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y al Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) exhibidos en los productos eran “inexistentes”.
Por este motivo, la ANMAT dispuso prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país del “aceite de oliva extra virgen marca Verde Olivo” en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo números de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.