CAPITAL FEDERAL (ADNSUR) -  Bajo la disposición 5570/2020 la administración prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional del producto "que contendría gran cantidad de acciones terapéuticas", rotulado como: "Plata Coloidal Argenyl", el cual era presentado en Facebook como "antibacteriano, antivírico, antibacteriano de amplio espectro, antimicótico para uso externo e interno y también como profiláctico y tratamiento contra el coronavirus".

Según se precisó en el Boletín oficial, el producto era promocionado y distribuido no solo como un medicamento con propiedades terapéuticas, sino que también era "ofrecido para la prevención y tratamiento del Covid-19", sin contar con la debida autorización ante la Anmat.

Asimismo, según precisó la Dirección de Gestión de Información Técnica de la Administración Nacional, "no existen constancias de registro de la firma "Argenol" como titular de especialidad medicinal" y tampoco se evidenció "constancia de inscripción en el Registro de Especialidades Medicinales del Certificado N° 2952". Es decir que, según se detalló en el Boletín Oficial, el producto en cuestión no se encontraba inscripto en el Registro de Especialidades Medicinales.

Por tales motivos, la administración determinó que se trata de un producto ilegal, ya que toda vez que se declaran datos no veraces en un rotulado, "se desconoce su efectivo origen y su formulación, por lo cual no puede garantizarse su calidad, seguridad y eficacia, situación que resulta un riesgo para la salud de la población", sobre todo teniendo en cuenta el contexto actual de pandemia.

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