BUENOS AIRES - La ANSeS dispuso que los trámites de jubilación, de pensiones, de Prestación por Desempleo y otorgamiento de poderes podrán iniciarse en forma virtual a través del sitio del organismo, según la Resolución 192/2020 publicada en el Boletín Oficial. 

Es que desde el inicio de la cuarentena y por la falta de atención al público, esos trámites claves no se podían iniciar porque debían realizarse en forma presencial en las delegaciones o UDAI de la ANSeS que estaban cerradas.

En los últimos días, y con turnos, comenzaron a atender al público en unas 40 delegaciones o UDAI en el interior del país sobre poco más de 400 que el organismo tiene en todo el país.

En consecuencia, aunque cumplían con todos los requisitos, desde el 20 de marzo unas 100.000 personas no pudieron jubilarse o solicitar la pensión por fallecimiento del cónyuge jubilado o en actividad ni solicitar la Prestación por desempleo.

Según los registros de la Seguridad Social, mensualmente se jubilan unas 20.000 personas, otras 15.000 solicitan la pensión por viudez o la PUAM y más de 10.000 piden la prestación por desempleo. Así, desde la cuarentena unas 100.000 personas no pudieron iniciar su trámite de trámite de jubilación o pensión o el seguro de desempleo. .

“La situación más dramática es la de trabajadores a los que ANSeS citó para presentar el cese laboral, renunciaron a su trabajo y luego el organismo dejó de atender al público, quedando esa gente sin salario y sin jubilación. Lo mismo sucede con los retiros por invalidez que se encuentran paralizados a la espera del dictamen de la Junta Médica”, explicó a Clarín la abogada previsionalista Andrea Falcone.

En tanto, también hay trámites previsionales que no pueden realizarse en la Justicia.

Entre las tramitaciones afectadas, Falcone menciona:

• Inicio de nuevos juicios. Es posible efectuar el sorteo de la demanda de forma virtual, pero no será tratada por la Justicia hasta tanto no se reanuden las actividades con normalidad. Quienes tengan que realizar poderes a favor de sus abogados en forma gratuita no pueden hacerlo porque los organismos donde se efectúan se encuentran cerrados. La única opción actual es hacerlo por escribano, lo cual representa un costo extra evitable en tiempos de normalidad.

• Impulso de expedientes en curso: la Justicia solo está trabajando casos puntuales en los cuales se habilita la feria, en el resto de los casos el expediente permanece paralizado. No se han dictado nuevas sentencias, ni en primera ni en segunda instancia. En los casos en que ANSeS no ha pagado el reajuste de haberes con sentencia firme, las ejecuciones de sentencia se encuentran detenidas, salvo en algunos casos puntuales. Recientemente algunos abogados lograron la habilitación de feria para el pago de sumas retroactivas que ya se encontraban embargadas de las cuentas de ANSeS y pendientes de transferir a las cuentas de los jubilados.

• Demandas contra la suspensión de la ley de movilidad. Aun cuando se optara por hacer el poder por escribano, el amparo una vez iniciado quedaría en espera, toda vez que hasta el momento los jueces no han habilitado la feria para los casos que ya habían iniciado.

Además, la Corte Suprema tiene pendiente la resolución de casos de alto impacto como el de Miguel Fernández Pastor, con sentencia favorable de Cámara y dictamen favorable del Procurador de la Corte por la modificación con aplicación retroactiva de la movilidad previsional en diciembre de 2017. O la demanda colectiva patrocinada por la Defensoría de la Tercera Edad también por aplicación retroactiva de la suspensión de la movilidad y su reemplazo por aumentos por decreto.

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