La Corte Suprema emitirá un fallo clave sobre jubilaciones
El martes se dará a conocer el fallo del máximo organismo de justicia de la Nación.
BUENOS AIRES (ADNSUR) – Un fallo que podría sentar un precedente para otras 150.000 personas que iniciaron juicios por actualización de haberes contra el Estado se dará a conocer el martes con una decisión que iría en contra del Gobierno, informó TN.
Se trata de la causa Blanco que trata la Corte Suprema de Justicia, que definirá con qué índice debe la Anses pagar las sentencias y ajustar las remuneraciones de los adultos mayores con reclamos judiciales.
El sitio TN informó este domingo que el fallo sería a favor de Luis Orlando Blanco, un trabajador que se jubiló en 2003 e inició un juicio por actualización de haberes.
Blanco, como varios miles de jubilados, obtuvo una sentencia favorable. Ahora se discute de qué manera la Anses debe actualizar la jubilación y el pago del fallo.
El caso llegó a la Corte Suprema tras una apelación de Anses, luego de que la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social dictaminara a favor del jubilado.
La mayoría de las Cámaras Federales actualizan haberes de acuerdo con el índice Isbic, sigla de Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción. Siguen un criterio que la Corte impuso en 2009 con el Fallo “Ellif”, que establece un método para actualizar salarios.
El ente previsional pretende pagar el fallo y actualizar el haber de Blanco con el índice Ripte, sigla de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables. La Anses usa el Ripte -promedio de toda la masa salarial formal- para calcular haberes iniciales y efectuar el recálculo de ingresos desde la sanción de la Reparación Histórica. Y quiere liquidar las sentencias de quienes no adhirieron a la Reparación con el mismo indicador. Aduce que es más representantivo y menos volátil que el Isbic. En la mayoría de los casos, calcular la sentencia y el haber con Ripte da más bajo que hacerlo con Isbic.
El jubilado Blanco quiere cobrar con Isbic. Si bien la diferencia entre un haber actualizado con Isbic y uno indexado por Ripte varía en cada caso, los expertos previsionalistas coinciden en que el primero suele ser más beneficioso para el jubilado.
Entre los argumentos de los jueces de primera y segunda instancia que fallaron en contra de la Anses, se lee en que la actualización con Ripte “vulnera la garantía constitucional del derecho adquirido”, ya que intenta imponer un índice de manera retroactiva: las resoluciones para pagar con Ripte datan de 2016 y son posteriores al inicio de las causas.
Detrás del caso Blanco, advirtió el Gobierno, se encuentra la sustentabilidad del sistema previsional. El pasado 12 de noviembre, seis días después de que el presidente Mauricio Macri recibiera al titular de la Corte, Carlos Rosenkrantz, la Secretaría de Seguridad Social emitió una resolución en la que ratificó que las remuneraciones surgidas de sentencias deben calcularse con Ripte.
"Los ingresos del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) provienen del aporte de todos los sectores, por lo que efectuar actualizaciones a los beneficios previsionales con índices sectoriales, que arrojan resultados injustificadamente superiores a los del promedio de los salarios, atenta contra la sustentabilidad del sistema", argumentó el Gobierno en esa resolución. "Ello evidencia que la utilización del ISBIC no resulta adecuada a los efectos de mantener una razonable proporción entre los ingresos activos y pasivos", argumentó.