La Justicia argentina le dio "la tenencia" de tres gatos a una mujer luego de separarse
La pareja compartía el cuidado de las mascotas. Tras la separación, la mujer pidió tenerlas bajo su cuidado. Un fallo similar se dio en España, donde desde hace algunos meses se consideran "seres sintientes" y no "cosas". Hay un antecedente en Chubut
El reparto de bienes, la tenencia de los hijos y el régimen de visitas eran, hasta hace poco, los temas principales a discutir tras una separación o divorcio. Pero cada vez más las mascotas adquieren protagonismo y se transforman en parte de la familia.
Por esto, una mujer de Rosario fue a la Justicia para conseguir la tenencia de los tres gatos que cuidaba con su pareja, de la que se estaba separando tras 15 años de relación.
Si bien no tuvieron hijos, ambos compartían la crianza y el cuidado de estas mascotas. Al separarse, ella se fue de la casa y estas quedaron con su ex pareja. Según explicó, el hombre no le permitía ver a sus gatos, de los cuales ella se encargaba de alimentar, llevarlos al veterinario y darle cariño y cuidados.
Como el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación sigue considerando a los animales como "cosas", debió acudir a la Justicia para lograr su tenencia.
Con el patrocinio de las abogadas Marisa Wittmann y Natalia Suárez, la mujer planteó un régimen de cuidado y compañía al entender que durante esos años constituyeron "una familia interespecie". De esta manera, buscan que se los comience a considerar como “seres sintientes”.
En diálogo con La Capital, Wittmann explicó que su clienta no podía ver a las mascotas tras la separación, que se dio tras "una acción de violencia familiar". "En ese marco se solicita poder visitar a las mascotas o retirarlas del domicilio y tenerlas a su cuidado de viernes a domingo, lunes", detalló.Finalmente el juzgado dio lugar a la acción, recibió el argumento de la familia interespecie y fijó una audiencia que tuvo lugar el jueves pasado. En la misma, el demandado ofreció la entrega de las tres mascotas.
"Lo novedoso es que un Colegiado de Familia haya recepcionado un reclamo que tiene que ver con el cuidado o contacto de una familia interespecie cuando se separa", explicó la abogada.
Se trata del primer caso que se registra en la Justicia santafesina. Solo hay dos antecedentes en el país, uno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el otro en Chubut. A nivel internacional, España reformó el Código Civil y sancionó hace algunos meses una ley que contempla que los animales no podrán ser embargados, hipotecados, abandonados o maltratados. La nueva norma incluso regula la custodia compartida en caso de divorcio y se espera que siente precedente.
"El desafío es, al no existir una norma, la elaboración jurisprudencial de algunos jueces que pueden visibilizar lo que está pasando en la sociedad actual. Darle espacio a la resolución de conflictos en la Justicia de Familia para que a futuro una norma dé una respuesta concreta a estas situaciones que son más cotidianas de lo que se piensa", concluyó Wittmann.
Con información de La Gaceta