La Cámara Contencioso Administrativo Federal falló a favor del reclamo de las empresas de Telefónica en la Argentina y revocó un fallo de primera instancia que avalaba el congelamiento de precios que estableció el Gobierno hasta fines de 2020, luego de lo cual el ENaCom fijó aumentos limitados de precios, muy por debajo de la inflación.

El DNU 690, que dictó Alberto Fernández en agosto de 2020  declaró servicio público y congeló los precios de Internet, telefonía y televisión paga (por cable y satelital).  Por lo que a partir de este fallo, se suspendió el DNU por "el plazo de seis meses o hasta el dictado de la sentencia definitiva".

Según se argumentó para dicho fallo judicial, que la disposición del Gobierno Nacional impuso condiciones que restringen la prestación en condiciones de competencia de los servicios de telecomunicaciones y la TV paga. Asimismo, también suspendió las resoluciones del Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom), que aplicaban el DNU 690.

"Estamos convencidos que todo el ecosistema necesita reglas claras que den previsibilidad y permitan la sostenibilidad de la industria, motor estratégico para el crecimiento del país y desarrollo de la sociedad", manifestaron desde Telefónica.

Por su parte , el Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom) anticipó que van a apelar ante la Corte Suprema, tal como ya hicieron con los otros fallos similares. "No se puede seguir con medidas cautelares. Esperamos la decisión de fondo, que es la constitucionalidad del 690", dijeron fuentes oficiales del ENaCom  a Clarín.

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