CAPITAL FEDERAL -  La medida se formalizó por medio de una resolución de la Secretaría de Comercio Interior, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

Según lo dispuesto, podrán adherir al Programa los proveedores y comercios que comercialicen en forma principal los bienes incluidos en la iniciativa, y/o cuyos establecimientos califiquen como "Supermercados", "Hipermercados" o "Tiendas de Rubros Generales".

También deberán registrar su adhesión, individualmente, con cada una de las "Emisoras" con las que operen, pudiendo ofrecer sus bienes y/o servicios bajo la modalidad de 3,6, 12 y 18 cuotas.

Lista de bienes y servicios alcanzados

De acuerdo con una resolución de la Secretaría de Comercio, los productos incluidos en el Programa y que podrán ser adquiridos durante cualquier día de la semana, son:

- "Línea blanca": aires acondicionados, lavavajillas, lavarropas y secarropas, cocinas, hornos y anafes, calefactores y estufas, termotanques y calefones, heladeras, congeladores y freezers.

- Indumentaria: prendas de vestir para hombres, mujeres y niños (incluye ropa de trabajo, deportiva, de uso diario y todo tipo de accesorios de vestir), así como también joyería y relojería.

- Calzado y marroquinería: calzado deportivo y no deportivo, carteras, maletas, bolsos de mano y artículos de marroquinería de cuero y otros materiales.

- Materiales y herramientas para la construcción: arena, cemento, cal, yeso, ladrillos, hierro, chapa, aberturas, maderas, cerámicos, sanitarios, caños y tuberías, grifería, membranas, tejas, pintura, vidrios, herrajes, pisos de madera y herramientas de trabajo, entre otros.

- Muebles: todos los muebles para el hogar.

- Bicicletas. todo tipo de bicicletas, inclusive las eléctricas, sus partes y/o piezas.

- Motos: todas aquellas cuyo precio final no sea superior a 120.000 mil pesos.

- Turismo, comprende los siguientes servicios a ser prestados íntegramente dentro del territorio nacional: pasajes de ómnibus de larga distancia, pasajes aéreos, hoteles y otros alojamientos turísticos habilitados por el organismo provincial competente, paquetes turísticos adquiridos a través de agencias de viaje habilitadas, autos de alquiler, y excursiones y actividades recreativas, para las adquisiciones y/o contrataciones que tengan lugar cualquier día de la semana.

- Colchones: colchones y sommiers.

- Libros. textos escolares y libros de impresión nacional.

- Anteojos: anteojos recetados, adquiridos en ópticas, cuyo precio final no sea superior a 10.000 mil pesos.

- Artículos de Librería: cuadernos, papelería, lápices, lapiceras, mochilas, cartucheras, etiquetas, entre otros.

- Juguetes y Juegos de Mesa: todos los productos.

- Teléfonos celulares 4G.

- Neumáticos: accesorios y repuestos para automotores y motos.

- Instrumentos musicales.

- Computadoras, notebooks y tabletas.

- Artefactos de iluminación: incluye los artefactos eléctricos de iluminación de tecnología LED.

- Televisores.

- Balnearios: aquellos establecimientos de la costa atlántica que ofrezcan los servicios de carpa y/o sombrilla.

- Perfumería: productos de cosmética, cuidado personal y perfumes.

- Pequeños electrodomésticos.

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