La sentencia, que abarca 453 páginas, subraya la gravedad de los delitos cometidos en un contexto de catástrofe climática. El tribunal, compuesto por los jueces Nicosia, Cosmaro y Tedesco, enfatizó que los actos delictivos se dirigieron contra un bien jurídico fundamental: el patrimonio estatal, que se encontraba en una situación de vulnerabilidad extrema debido a la crisis humanitaria que enfrentaba la comunidad.

Los jueces señalaron que la administración municipal, obligada a actuar con rapidez para contratar servicios de emergencia, carecía de las herramientas necesarias para proteger adecuadamente los recursos públicos. Esta falta de capacidad institucional fue aprovechada por los imputados para llevar a cabo sus delitos, lo que incrementa la gravedad de sus acciones.

DESLEALTAD Y AGRAVANTES 

El tribunal destacó especialmente el agravante de deslealtad al patrimonio público. En su fallo, se menciona que "la situación de especial vulnerabilidad fue aprovechada por los imputados para perpetrar delitos", lo que eleva la entidad del injusto. El juez Nicosia describió el temporal de 2017 como una "catástrofe social y humanitaria", resaltando la cohesión y solidaridad que emergieron entre los ciudadanos en esos días difíciles.

Sin embargo, también se evidenció cómo algunos empresarios decidieron aprovechar esta calamidad para enriquecerse, desviando fondos destinados a la recuperación y reparación de los daños causados por el temporal.

El fallo también aborda la responsabilidad compartida entre funcionarios y empresarios implicados en el fraude. Se menciona específicamente a Roberto Monasterolo y Abel Boyero, quienes, gracias a sus conocimientos técnicos y vínculos personales, facilitaron el desvío de fondos públicos. La relación entre Monasterolo y Boyero se considera un factor agravante en el caso, ya que su colaboración maximizó las oportunidades para cometer el fraude, según lo expresado en la sentencia.

Foto: TN

Finalmente, el tribunal ha ordenado la apertura de una nueva investigación contra otros ex funcionarios y empresarios involucrados en este caso. Se prevé que esta segunda fase del proceso judicial podría incluir delitos como falso testimonio y negociaciones incompatibles con funciones públicas.

LA REPARACIÓN DEL DAÑO

Respecto de lo resuelto este miércoles por la Cámara Penal, que confirmó en casi todos los términos la sentencia de primera instancia, quedará por determinar el monto del daño provocado al municipio, ya que en el fallo de revisión se rechazó el modo de cálculo establecido por el tribunal de juicio.

Foto: Ministerio Público Fiscal

Una vez que la sentencia quede firme, en la etapa de ejecución se deberá determinar la forma para actualizar los valores del año 2017 y traerlos al presente, a partir de lo cual los empresarios involucrados deberán restituir el monto defraudado al municipio.

Esa etapa también podría concretarse a partir de una demanda civil del municipio, contra los particulares involucrados, a fin de exigirles la restitución del patrimonio, que el tribunal había calculado en algo más de 400.000 dólares, pero que ahora deberá determinarse nuevamente, a partir de criterios que se definirán en una próxima etapa. 

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