RAWSON (ADNSUR) - El Superior Tribunal de Justicia, mediante una acordada firmada por los ministros Mario Vivas y Alejandro Panizzi, dispuso que, a partir de este lunes y hasta el 31 de marzo los magistrados, funcionarios y empleados que se encuentren comprendidos en los supuestos que a continuación se detallan, quedaran dispensados de concurrir a sus lugares de trabajo habituales, todo ello sin perjuicio de las remuneraciones que les correspondan y de las licencias reglamentarias que le fueran concedidas:

a)    Los que hayan cumplido sesenta (60) años o más al día de la fecha o que los cumplieren durante la vigencia del presente Acuerdo;
b)    Mujeres embarazadas;
c)    Personas con depresión inmunológica de cualquier origen;
d)    Personas con diabetes;
e)    Personas con insuficiencia renal;
f)    Personas con historial de hipertensión arterial o de patologías cardiovasculares;
g)    Personas trasplantadas;
h)    Personas con patologías oncológicas;
i)    Personas con antecedentes de patología respiratoria crónica o cursando infecciones respiratorias.

Estos supuestos podrán ser ampliados por resolución fundada del Cuerpo Médico Forense de la Circunscripción Judicial correspondiente, en función de recomendaciones que emanen de la autoridad sanitaria provincial o nacional.

Los datos consignados por el agente judicial en el pedido, tendrán los efectos de Declaración Jurada y la falsedad de los datos que allí se consignen para obtener la exención o la reticencia en aportar las constancias y/o evaluaciones médicas que se le soliciten, en el plazo fijado en párrafo anterior, dará lugar a la cancelación de la concedida, sin perjuicio de las sanciones administrativas que pudieran corresponder.
La acordada tiene como fundamento la calificación de pandemia del virus COVID-19 (coronavirus) por parte de la Organización Mundial de la Salud, y la Resolución Conjunta de los Ministerios de Salud y de Gobierno de la Provincia del Chubut (N° 15/2020 y N°38/2020, respectivamente).

También se tuvo en cuenta la necesidad de aumentar las medidas de acción preventiva ya dispuestas, respecto de la salud de todos los operadores del servicio de justicia, en atención a la evolución presentada por la pandemia de COVID -19 (coronavirus) que se desarrolla en la actualidad.

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