SANTA FE - “Yo quiero llevar el apellido de mi mami”, fue la frase que terminó de convencer a un juez de familia ​de la ciudad santafesina de San Lorenzo para privar a un hombre de la responsabilidad parental sobre su hija de 6 años, ya que nunca pagó la cuota alimentaria y dejó de visitarla cuando la nena tenía 6 meses.

Se trata del juez de Familia Marcelo Escola, quien le dio a la nena el apellido de la madre. El fallo tuvo en cuenta un reclamo legal por la cuota alimentaria ​que quedó “paralizado” y que contribuyó a tomar medidas frente a un escenario de “abandono neto” por parte del demandado.

La resolución fue el cierre de un trámite que empezó el año pasado a partir del pedido de una mujer que hasta entonces no había obtenido ayuda económica alguna de parte de su ex pareja.

El juez Escola enfatizó que el papá dejó de ver a la beba cuando tenía apenas 6 meses. Desde entonces, “no cumplió con ninguna de sus obligaciones” y "prácticamente no tuvo trato ni vínculo” con ella.

La nena se crió en la casa de sus abuelos y la mamá sólo tuvo noticias del padre biológico a través de redes sociales. En primera instancia, recurrió a los Tribunales provinciales para pedir el pago de la cuota alimentaria, pero no hubo caso.

“Era muy difícil de ubicar en un domicilio y no tenía trabajo registrado ni otro pariente que pudiera hacerse responsable”, puntualizó el juez de Familia respecto de los antecedentes que lo llevaron a revocar lo que en el viejo Código Civil y Comercial se denominaba “patria potestad”.

En su resolución, agregó que “el Código Civil y Comercial, consagra la responsabilidad de los padres respecto de sus hijos menores de edad y determina que es un conjunto de deberes-derechos que se precisan para cumplir los roles que la propia ley fija: la protección, el desarrollo y la formación integral, entre las causas de la privación de la responsabilidad parental está el abandono del hijo, dejándolo en un total estado de desprotección, aún cuando quede al cuidado del otro progenitor o la guarda de un tercero”. 

En diálogo con Radio 10 Rosario, Escola contó que el abordaje de la demanda junto con una trabajadora social le dio la chance de escuchar en primera persona el reclamo de la nena.

A la hora de reconstruir la charla con la pequeña, recordó que le dijo: “No quiero llevar el apellido de alguien que no conozco”. De esta manera, consideró “lógico” el cambio con el fin de defender “un derecho humano como el de la identidad, no sólo la biológica sino la dinámica”.

De acuerdo al análisis del juez bajo la normativa vigente, en esta última definición se puede incluir a quienes se vinculan diariamente con la niña. Así como la madre se destacaba como el “referente afectivo más importante” en su vida cotidiana, ella también “considera su papá a la pareja actual de la mamá”: fue quien la crió desde que su padre cortó toda relación y evitó cumplir con sus obligaciones.

En nombre de la “protección mayor a los más vulnerables”, Escola ponderó la figura de este “padre afín” como parte de “la solidaridad familiar ampliada”. De hecho, fue más allá del texto que lleva su firma a la hora de repasar su intervención y destacó sobre el pedido de la niña: “Si ella hubiese querido llevar el apellido de la pareja de su madre, también se lo hubiera agregado”.

Hace seis meses se había conocido que el juez Scola había autorizado una gestación por subrogación de vientre. El magistrado habló de “un acto de amor y solidaridad absoluta”. Así, Laura García gestó en su vientre a Nahia, la hija de su cuñada y su hermano que nació el 11 de junio.

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