Licencias especiales y casco: el gobierno reglamentó el uso de cuatriciclos
Las provincias podrán adherir a la ley nacional o mantener sus legislaciones locales.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Ya no se podrá ir con el cabello al viento en un cuatriciclo. Si todas las provincias se adhieren a la ley federal de tránsito, será obligatorio el uso de casco en toda la Argentina. Por primera vez en la historia, estos cuestionados vehículos de cuatro ruedas que verano tras verano se cobran alguna víctima, llegaron a la legislación positiva.
Tal era la falta de actualización de la norma de 1995, que los llamados cuatri se movían a velocidad de rayo por un vacío legal, una laguna jurídica.
En los hechos, hasta hoy, eran considerados un elemento de diversión. Sin embargo, desde que empiece a regir el decreto 32/2018, los cuatriciclos serán considerados "vehículo automotor". El cambio obligará a acatar las normas generales. Por lo tanto, quienes sean conductores deberán tener una llevar licencia habilitante con la categoría que corresponde (también se modificaron), seguro obligatorio, patente y un casco homologado. Además, el conductor deberá tener casco con visera o, en su caso, anteojos obligatoriamente.
"Se regula la circulación de cuatriciclos (se los caracteriza, se le solicitan requisitos de seguridad específicos y circulación circunscripta a terrenos públicos delimitados por autoridades locales), algo reclamado durante años", completó una fuente del Ministerio de Transporte. Además, se incorpora a la ley vehículos eléctricos de fabricación nacional, incluye las bicicletas que tienen sistema de pedaleo asistido.
Por estos días, no es obligación el patentamiento de un cuatriciclo. De hecho, muchos circulan con los papeles de venta por parte de concesionario, sólo para probar que no es robado. Sin embargo, la obligatoriedad de un seguro motivará pasar por un registro ya que las compañías de seguro no expiden pólizas si el vehículo no tiene un domino.
Las modificaciones coinciden con la iniciativa de la gobernadora de Buenos Aires, María Eugenia VIdal, que ya habían mandado un proyecto en noviembre para reglamentar el uso.
Sin embargo, la aplicación de la reglamentación de la ley de tránsito nacional requerirá que las provincias adhieran, o en su caso, que modifiquen sus respectivas legislaciones para imitar la norma nacional. Las leyes de tránsito son jurisdicción provincial y no está delegada en la Nación. Sin embargo, muchos distritos prefieren adherir a la nacional. La provincia de Buenos Aires, por caso, tiene una ley propia.
No se permitirá el transporte de más personas que las permitidas por el fabricante. Además, en el caso de los vehículos que no tengan parabrisas, quien ocupe el lugar frente al volante deberá usar anteojos.
Fuente: La Nación