Olazábal: “Hoy cierro las puertas de mi despacho y me voy con la conciencia tranquila del deber cumplido”
Lo dijo el fiscal de la causa ‘emergencia climática', que esta semana concluyó con la prisión preventiva de 5 de los principales condenados. Fue en respuesta ante la consulta por sus colegas fiscales, que se habían negado a acusar a los exfuncionarios municipales.
Cristian Olazábal dijo estar satisfecho con los resultados del juicio iniciado en abril de este año, en el que esta semana obtuvo la confirmación de la sentencia obtenida en primera instancia, dándole la razón en la acusación formulada y las pruebas presentadas para probar el fraude perpetrado contra la Municipalidad, en plena catástrofe climática de 2017.
“El balance es positivo en cuanto a los resultados de lo que fue el proceso -dijo Olazábal, en entrevista con Actualidad 2.0-. Nosotros, que asumimos la acusación en el juicio, hicimos la promesa de probar todos estos hechos, porque la prueba nos indicaba que habían ocurrido. Fue receptado por el tribunal en estos términos y por la Cámara de impugnación”.
En ese plano, el fiscal reseñó que la cámara revisora hizo muy poco lugar al planteo de los defensores, al disminuir la pena de uno de los inspectores municipales, para transformarla en cumplimiento condicional. Sin embargo, remarcó, se mantuvieron las penas solicitadas por él para los imputados más comprometidos, que son los 5 que hoy están cumpliendo prisión preventiva.
“EL MONTO A DEVOLVER SE TENDRÁ QUE ACTUALIZAR CUANDO LA SENTENCIA QUEDE FIRME”
También enfatizó que, si bien en un momento hubo interpretaciones incorrectas de que la Cámara había desistido de que los condenados debieran devolver al municipio el monto de la defraudación, lo que en realidad determinó es que se debe establecer un nuevo cálculo del monto a devolver, rechazando el cálculo que hizo el tribunal de juicio, cuando había establecido ese valor en 408.000 dólares.
“Esto se tendrá que establecer en la etapa de ejecución de la pena, cuando la sentencia quede firme, a través de una pericia contable -explicó-. Pero quedó claro en la sentencia de revisión que sí deberán devolver ese dinero, en un monto que se actualizará en una forma a determinar posteriormente, cuando se empiece a cumplir la pena”.
Además, Olazábal añadió que, tal como advirtió también ADNSUR, el municipio tiene la opción de reclamar por vía civil a los empresarios condenados, el monto por el que fue víctima del fraude en el año 2017.
“El municipio tomará las cartas que le correspondan”, expresó.
POR QUÉ LA PRISIÓN PREVENTIVA: “TIENEN CAPACIDAD ECONÓMICA PARA FUGARSE DEL PAÍS”
Al fundamentar su pedido de prisión preventiva, el acusador público indicó que correspondía por tener un pronunciamiento condenatorio y con penas de cumplimiento efectivo, tras agotarse la garantía que corresponde a todo acusado, con la confirmación de la sentencia por un segundo tribunal, lo que se conoce como “doble conforme”.
“Por lo tanto, las expectativas de revertir la situación procesal de ellos son muy bajas y lo próximo podría ser una instancia extraordinaria, pero justamente tiene este carácter excepcional. Por lo tanto, el pronóstico de ejecución de estas penas es sumamente alto y acá es donde más se acrecienta el peligro de fuga, teniendo en cuenta las capacidades económicas de cada uno de estos acusados”.
En ese punto, añadió que los condenados “tienen un nivel económico por encima de la media de cualquier persona, por lo tanto, cuentan con facilidades de abandonar el país y entendimos que frente a esta pena que deberán cumplir en lo inmediato, era probable que se fuguen. Así lo receptó el tribunal y fue que hizo lugar a la prisión preventiva por el término de 6 meses, o hasta que la sentencia quede firme, que es cuando pasará a ser cumplimiento de pena”.
“LA PRISIÓN PREVENTIVA SE PODRÁ PRORROGAR”
Respecto de la posibilidad de recursos extraordinarios por parte de los defensores, aclaró que esto se podrá determinar luego del 15 de enero, cuando la Cámara Penal dé a conocer los fundamentos de la sentencia que emitió el 4 de diciembre último.
“En ese momento comenzará a correr el plazo de 20 días hábiles, para que los defensores interpongan las impugnaciones extraordinarias. Esto también puede ser rechazado por la Cámara, si es que entiende que no hay argumentos para considerarla como ‘arbitraria’ y acudir al máximo tribunal provincial. Y los defensores pueden ir en queja, por lo que los tiempos se pueden prolongar”.
Frente a ese panorama respecto de los plazos, el fiscal dijo que el resguardo de los 6 meses de prisión preventiva podría alcanzar para cubrir esas resoluciones, pero si se abre una vía ante la Corte, la situación podría prolongarse por mucho más tiempo. Sin embargo, advirtió, “la prisión preventiva se podrá prorrogar sucesivamente, hasta que la sentencia quede firme”.
Por lo pronto, aclaró, no hay más posibilidades de cuestionar el encarcelamiento preventivo, tras la revisión realizada el jueves 5 de diciembre por dos jueces de Esquel, por lo que los imputados pasarán las fiestas de fin de año en su lugar de detención.
“Salvo que haya algún tipo de hecho nuevo, que en ese caso tendría que ser nuevamente tratado por los jueces Nicosia, Tedesco y Cosmaro”, aclaró, en referencia a los integrantes del tribunal que llevó adelante el juicio.
RECHAZO AL PLANTEO DE VENCIMIENTO DE PLAZOS
El fiscal también se refirió al planteo de uno de los defensores, que pidió que se dé por concluido el proceso por vencimiento del plazo razonable. En ese punto, explicó que la audiencia de apertura de investigación se concretó el 20 de noviembre de 2019 y el defensor Fabián Gabalachis planteó que los 5 años (por tratarse de una causa compleja, se amplió a 3 a 5 años el tiempo para investigar y concluir el proceso con el doble conforme establecido por el Código Procesal de la provincia) se habían vencido el 20 de noviembre último, es decir antes del pronunciamiento del tribunal revisor, que se produjo el miércoles 4 de diciembre.
“Lo que no tuvo en cuenta el defensor es que, por la pandemia, en el año 2020 hubo acordadas del Superior Tribunal que extendieron ese plazo máximo de 5 años para causas complejas, en 6 meses adicionales”, dijo el fiscal, para refutar el argumento de la defensa. “Por lo tanto, estamos todavía dentro de los plazos legales y ése fue el argumento para rebatir el planteo del Dr. Gabalachis”, dijo Olazábal.
“CON LA CONCIENCIA TRANQUILA”
Finalmente, al requerirle una reflexión sobre todo el proceso, en el que dos fiscales que le precedieron en el caso (Marcelo Cretón y Adrián Cabral) desistieron de acusar a los funcionarios públicos y habían pedido el sobreseimiento, demorando el inicio del juicio porque entendían que no había pruebas suficientes para condenarlos, respondió: “No. Personalmente, puedo decir que hoy cierro la puerta de mi despacho y me voy con la conciencia tranquila del deber cumplido. Nada más”.