Ordenan a una obra social proveer aceite de cannabis
La sentencia indica que el aceite deberá ser entregado en un plazo que “no supere los 15 días de notificada la resolución“.
EL BOLSÓN (ADNSUR) - La jueza Erika Fontela de El Bolsón ordenó a la obra social Osecac a proveer cannabis “Charlotte” a un niño de 6 años que padece epilepsia refractaria. El padre del niño había presentado un recurso de amparo ya que requiere del cannabis medicinal para tratar las convulsiones que sufre habitualmente.
La sentencia indica que el aceite deberá ser entregado en un plazo que “no supere los 15 días de notificada la resolución“, bajo el apercibimiento de una multa de 5.000 pesos por cada día de retraso y “con remisión de las constancias al fuero penal en caso de incumplimiento”.
En la presentación del amparo, el hombre consignó que el neurólogo tratante le indicó "cannabis medicinal denominado 'Charlotte', importado desde Estados Unidos, ya que al ser un paciente trasplantado, otro tipo de aceites no probados no están indicados".
El niño nació con una enfermedad hepática y a los 9 meses, requirió un trasplante. En ese entonces, “sufrió una complicación que devino en una isquemia cerebral que le produjo epilepsia desde temprana edad, por eso se indicó medicación anti convulsionante para la epilepsia”.
Según destaca el Diario Río Negro, probaron con diversas drogas, llegando al diagnóstico actual de epilepsia refractaria y su médico tratante indicó este aceite de cannabis.
El fallo consignó que “si bien la obra social no negó la provisión del medicamento, requirió que los padres del niño realizaran una serie de trámites de difícil resolución. A modo de ejemplo, constituirse como despachante de aduanas y realizar los trámites con clave fiscal”.
Fuente: Diario Río Negro.