La prestación previsional especial parra familiares de fallecidos por coronavirus fue establecida en junio de 2020. Se paga a través de las ANSES.

Es una pensión vitalicia, un beneficio adicional compatible con otras prestaciones, con un valor equivalente a dos jubilaciones mínimas, el cual se actualizará de acuerdo a la Ley de Movilidad Jubilatoria. 

El gobierno nacional ahora realizó una serie de aclaraciones sobre quiénes y bajo que condiciones se puede cobrar está "pensión vitalicia".

La medida fue promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional aplicable a los fallecidos por/con coronavirus hasta el 31 de diciembre de 2020.

✅ Se trata de un monto graciable, para toda la vida, equivalente a dos jubilaciones mínimas.

✅ La condición necesaria para acceder a este beneficio adicional es que la persona fallecida víctima del Covid-19 haya realizado/desempeñado trabajos considerados esenciales.

QUIÉNES PUEDEN SOLICITARLA

Solo pueden recibirla aquellos familiares de trabajadores esenciales fallecidos:

✔ Esposo/a conviviente

✔ Hijos menores a cargo del causante: hasta los 21 años salvo en el caso de los discapacitados o aquellos con percepción de alimentos fijados, en cuya situación será hasta los 25 años de edad

✔ Personas a cargo del trabajador fallecido.

El monto consiste en la suma de $65.260, tomando la última actualización a marzo de 2022 de las jubilaciones

A QUIÉNES SE CONSIDERA TRABAJADORES ESENCIALES

✔ Trabajadores de la salud pública y privada

✔ Trabajadores de centros de salud y hospitales (mantenimiento, gastronomía, administrativos, etc.)

✔ Trabajadores de las fuerzas armadas y seguridad (tanto pública y privada)

✔ Bomberos (tanto los dependientes de las fuerzas remunerados, como los voluntarios)

✔ Empleados de correo

✔ Empleados de recolección de residuos patológicos y domiciliarios

✔Trabajadores de migraciones

CÓMO SE REALIZA EL TRÁMITE

✅ Sebe iniciar la gestión ante la ANSES, quien oficia de mediador para el pago del haber.

✅ Se puede iniciar en cualquier oficina de ANSES del país.

✅ No es necesario tener la pensión contributiva previa otorgada, ya que es un trámite totalmente independiente de otras prestaciones y/o asignaciones.

✅ No es necesario haber aportado al régimen nacional. Pudo haber sido un trabajador aportante a una caja provincial, basta con que su tipo de labor haya sido esencial.

✅ Se debe presentar la documentación médica respaldatoria del fallecimiento de la persona: estudios, análisis de laboratorio y la historia clínica.

✅ Allí debe constar haber cursado Covid-19. La pensión se cobrará desde el momento que se inicie la gestión y no cuando finalice el trámite, lo que suele tomar varios meses, según publica Ámbito.

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