Por tercera vez, suspendieron la reforma laboral propuesta en el DNU de Milei
Así lo expresó Silvia Garzini, jueza Nacional del Trabajo, quien aceptó la medida cautelar de "forma preventiva" tras el reclamo de una federación por un apartado del Decreto 70/23. Anteriormente la justicia laboral hizo lo mismo con pedidos presentados por la CGT y la CTA.
Este lunes, se conoció que por tercera vez, suspendieron la reforma laboral del Gobierno, anunciada en el DNU 70/23. Así lo expresó Silvia Garzini, jueza Nacional del Trabajo, quien aceptó la medida cautelar tras el reclamo de una federación por un apartado del Decreto 70/23. Anteriormente la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lo mismo con pedidos presentados por la CGT y la CTA.
La Federación Única de Viajantes de Comercio de Argentina (FUVA) mostró sus inquietudes en el Decreto de Necesidad y Urgencia, anunciado por el gobierno, el pasado 20 de diciembre en cadena nacional. De esta forma presentaron un pedido ante la jueza de trabajo. Allí, indicaron que el decreto establecía limitaciones a la organización colectiva de los trabajadores junto a la eliminación de plano de una categoría de trabajadores como son los viajantes vendedores.
Según informó Télam, Garzini tuvo en cuenta el fallo a favor de la CGT. De esta manera, resolvió “hacer lugar a la medida cautelar pretendida y, en consecuencia, suspender preventivamente la aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV -Trabajo- del decreto de necesidad y urgencia No 70/2023, título que incluye la derogación de la ley 14.546 (Estatuto del Viajante), en cuanto afecta a los trabajadores representados por la entidad gremial requirente, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en las presente actuaciones”.
Además, aclaró que la ley 14.546 fue desarrollada “a fin de regular una actividad con modalidades específicas y ha sido, a lo largo de estos años, respetada por las partes involucradas en la relación, sin que, 'prima facie', se avizore en los considerandos del decreto cuestionado que la especialidad del régimen que regula la actividad del viajante de comercio pudiera de forma trascendental afectar en materia social y/o económica, al extremo de haber sido derogada mediante un decreto de necesidad y urgencia”.