CAPITAL FEDERAL - La ANMAT ​(Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) prohibió la comercialización de unas galletitas dulces y de una marca de orégano en hojas, a través de disposiciones publicadas este jueves en el Boletín Oficial. También alertó sobre irregularidades en productos médicos.

La Disposición 8271/2019 declaró la prohibición de comercializar en toda la Argentina de las "galletitas de Vainilla con chips de chocolate – Libre de gluten. Sin TACC. Libre de lácteos. Con azúcar orgánica, marca Nina Chocochips".

La entidad explicó que, a pesar de la leyenda "libre de lácteos", el producto habría generado un shock anafiláctico en un menor de edad alérgico.

El producto está falsamente rotulado, ya que no consigna la declaración de alérgenos. Por lo tanto, se lo declaró "ilegal".

La ANMAT también prohibió la comercialización en todo el país del orégano en hojas, "marca Dusen, Lote: 07/11/18, Fecha de vto.: 30/04/2020". El Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional lo declaró "contaminado".

En la Disposición 8273/2019, se detalla que el análisis macroscópico de una muestra concluyó que presentó "una larva viva" y en el estudio microscópico registró "nematodes vivos y muertos".

Además de la prohibición, se le abrió un sumario sanitario al establecimiento Dusen, ubicado en General Pacheco.

Por otro lado, la ANMAT alertó sobre varios productos médicos.

​Prohibió el uso, comercialización y distribución del lote Nº 9360 0086 del producto "MASTER-DENT/GLASS IONOMEER/LUTING CEMENT", contiene "GLASS IONOMER luting cement/TYPE I/REF: 10-400-P/POWDER 15 g/lot 9360 0086/Dentonics, inc./Made in USA" y “GLASS IONOMER luting cement/ TYPE I/REF: 10-400-L/LIQUID 15 ml/lot 9360 0086/Dentonics, inc./Made in USA". Explicó que, al no aportar datos del importador responsable en la Argentina, se le declara producto "ilegítimo".

En la misma línea se expidió sobre los productos "Densell K-files/6 pcs/Made in Europe" y "EK Endotek/NERVE BROACHES/Made in France", de instrumental dental de uso en endodoncia. Según los considerando de la Disposición 8274/2019, no contaban con la autorización necesaria de la ANMAT para ser importados, dado que son considerados dispositivos "con características e indicaciones similares a las correspondientes a la Clase de Risego II".

Por último, la Disposición 8275/2019 decidió la prohibición de uso, comercialización y distribución de una lista de bombas de infusión, productos extraviados por Fresenius Kabi Sociedad Anónima, luego de la denuncia realizada por la misma firma.

La Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud evaluó que la decisión era necesaria "a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios del producto involucrado, toda vez que se trata de unidades extraviadas e individualizadas".

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