CAPITAL FEDERAL (ADNSUR) - Este martes, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió a través de su publicación en el Boletín Oficial, la comercialización de una marca de aceite de oliva y un producto médico.

A través de Disposición 2795/2021 se dispuso la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Aceite de Oliva Virgen Extra, marca GreenOleo, Gourmet, RPE 06-096841, RNPA Expte 6526-825745-02, Envasado por: Bernardo Mendiola, Jensen 696, San Rafael, Mendoza”, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RPE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

Asimismo se prohibió el producto médico rotulado como: "Keiki Mehta". En el considerando señala que las actuaciones se iniciaron a raíz de una denuncia de un particular recibida ante esta Administración Nacional dando cuenta de la oferta de un producto medico denominado válvula para glaucoma presuntamente sin registro sanitario”.

Además, explicaron que en la documentación adjunta a la denuncia se apreciaba que la unidad se encontraba acondicionada en una bolsa plástica transparente, rotulada como: “Keiki Mehta, BP Valve Glaucoma Shunt Regular Size, GS 01, LOT 1910BF0, MFG 10-2019, Expirity Date 09-2024, STERILE EO, Medical Equipment India, SURGIWEAR”, sin etiqueta de nacionalización con los datos del importador, ni número de registro de producto médico” y “no consta registro de inscripción en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica (R.P.P.T.M.) de esta Administración del producto “Válvula de derivación para glaucoma” marca “Keiki Mehta” o “Surgiwear”.

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