La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) anunció la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país, así como en plataformas online, de una marca de aceite de oliva, por carecer de los registros necesarios, lo que los convierte en ilegales.

Fue a partir de la disposición 6610/2024, referida al “Aceite de Oliva extra virgen marca Don Guillermo, elaborado y fraccionado en Mendoza, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulados al exhibir en sus rótulos registros sanitarias inexistentes”.

 La prohibición surgió tras una investigación iniciada “a partir del reclamo de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la autenticidad del producto”.

El aceite prohibido por la ANMAT
El aceite prohibido por la ANMAT

El organismo dispuso que dicho producto no sea "comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina” por tratarse de un producto que “no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado”.

En el texto de la disposición, indicaron que ante esta situaciones irregulares en el producto "el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de venta en línea del citado producto” porque podría ser un riesgo para salud de las personas no conocer su trazabilidad, según publica La Nación.

ARTICULOS DE LIMPIEZA

En paralelo, la ANMAT también publicó la disposición 6585/2024,  donde restringió “el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional” de un grupo de “productos domisanitarios” distribuidos y comercializados en la empresa Multimax de Avellaneda “por no cumplir con la normativa vigente”.

La medida alcanza a los siguentes productos: "un desinfectante de superficie concentrado y granulado, un limpiador para baño concentrado, un limpiador para vidrios y multiuso concentrado, un jabón líquido para lavar la ropa y un limpiador desengrasante para cocina concentrado”. La denuncia, en este caso, fue respecto a la “legitimidad y cumplimiento de la normativa en relación a productos domisanitarios”.

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