Prohibieron la venta y el consumo de una marca de curry
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de una marca de curry (mezcla de especias), según se publicó este jueves en el Boletín Oficial.
CAPITAL FEDERAL (ADNSUR) - La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANAMT) prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de un curry, según se publicó hoy en el Boletín Oficial.
A través de la disposición 8566/2020, la administración prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del producto: "Curry suave, RNE: 03000229, RNPA: 02-659802, Fracc.: Valles del Norte - Ba. P. M. Acevedo (Ctca), procedencia Argentina", por carecer de registros de establecimiento y de producto.
Asimismo, el ente regulador prohibió la comercialización del producto por estar falsamente rotulado y por exhibir en el rótulo un número de RNE y RNPA inexistentes, "resultando ser en consecuencia un producto ilegal".
"Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284", se precisó este miércoles en el Boletín Oficial.