Proponen una ley de paridad de género en la integración de Petrominera Chubut
En un proyecto que ingresó este martes a la Legislatura provincial, la diputada de Camioneros-PJ Tatiana Goic, acompañada por Mónica Saso, proponen una reforma a la ley de creación de Petrominera y plantean la integración con mujeres. “La conformación del Directorio deberá respetar la paridad de género, la cual deberá realizarse intercalando a mujeres y varones”, se explica en la propuesta.
RAWSON (ADNSUR) – Este martes por la mañana, en la última sesión que lleva adelante la Legislatura de Chubut, se presentó un proyecto de ley de paridad de género en la integración de Petrominera Chubut. La propuesta fue presentada por la diputada Tatiana Goic, acompañada por Mónica Saso, donde se plantea la integración con mujeres.
Según se indica en el documento presentado y al que tuvo acceso ADNSUR, la dirección y administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto por cinco miembros: un presidente a propuesta del Poder Ejecutivo Provincial y con acuerdo legislativo y cuatro directores, designados por el Poder Ejecutivo Provincial con acuerdo Legislativo, de los cuales uno lo hará en representación del Sector Gremial y uno a propuesta del Poder Ejecutivo de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia.
“La conformación del Directorio deberá respetar la paridad de género, la cual deberá realizarse intercalando a mujeres y varones”, se explica en la propuesta.
Y además se señala – en el proyecto - que el presidente y los directores designados tendrán mandato de años, pudiendo ser reelegidos respetando los mecanismos que establece la presente Ley. “El directorio elige de entre sus miembros un Vicepresidente, el que suple al Presidente en caso de ausencia, impedimento, o excusación, actuando en tal caso, los demás miembros actuarán como vocales”, de detalla.
Por último, según se propone, en caso de renuncia, fallecimiento, incapacidad o inhabilidad del Presidente, Vicepresidente o de alguno de los Directores, el Poder Ejecutivo puede designar al reemplazante bajo los mecanismos previstos en el presente artículo.