Qué hacer en Comodoro si alguien no cumple con el aislamiento obligatorio por el riesgo de transmitir coronavirus
En las últimas horas se conocieron algunos casos en la ciudad de personas que -habiendo regresado de un viaje a países con alta circulación de coronavirus- no respetaban el aislamiento de 14 días impuesto por el DNU presidencial. En ese marco, desde el Ministerio Público Fiscal indicaron cuál es el protocolo que se sigue ante las denuncias.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - El caso del gitano Julio, quien regresó de un viaje a Estados Unidos e inmediatamente retomó su vida normal sin cumplir los 14 días de aislamiento previstos, no sería el único en Comodoro de personas que no cumplen con el distanciamiento social. ¿Qué hacer ante esos casos? En principio, la ciudadanía los puede denunciar al 107 -en número de emergencias médicas del Hospital Regional- tras lo cual toma intervención el Ministerio Público Fiscal y la Unidad Regional de Policía de Comodoro Rivadavia.
El fiscal Cristian Olazabal explicó en Actualidad 2.0 el protocolo que se sigue en los casos donde se sospecha una violación del aislamiento obligatorio impuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia 260/20 del Presidente de la Nación.
Señaló que "los casos son renunciados al 107" y mencionó que durante el día sábado recibieron varios llamados al respecto de este incumplimiento.
"Se nos informó de una serie de casos que no estaban cumpliendo con este decreto, y tomamos contacto con la Unidad Regional de Policía, a fin de que procedan a realizar una verificación", dijo el fiscal, aclarando que desde el Ministerio Público "no podemos conminar directamente a la gente sin previamente realizar un análisis de si esta persona está dentro de este período de ventana y si estuvo en alguno de los países afectados o con alguna persona que lo hubiera estado en ellos".
Mencionó que el protocolo que se sigue es el utilizado por las autoridades de la provincia de Santa Fe, "donde el personal policial procede a verificar quién es la persona denunciada, la fecha de ingreso al país y con el pasaporte constata en qué países estuvo".
"Si se constata que debería estar en aislamiento se la conduce al domicilio, porque estaríamos ante la posibilidad de un delito contemplado en el artículo 205 del Código Penal, que sanciona a aquellos que desobedecen ordenes emitidas por autoridad competentes para evitar la propagación de una enfermedad o epidemia", señaló.
Y agregó que si, además, "esta persona llegara a hacer caso omiso al personal policial ya estamos en la concurrencia de otra figura que es de desobediencia y resistencia a la autoridad, que esta prevista y sancionada en el artículo 239 del Código Penal"
De esta manera, tras certificar que el estado de la persona "efectivamente revista gravedad y sospecha, se lo conmina a aislamiento obligatorio, bajo apercibimiento de que se le puede someter a detención y permanecerá en su domicilio con custodia policial".
Al mismo tiempo, el fiscal Olazabal indicó que la causa penal se activa "y los fiscales proceden de oficio", recordando que el atrículo 205 no prevé penas muy grandes (máximo de dos años, y excarcelables) pero remarcó que "si se constata que provocó un contagio las penas llegan hasta 15 años de prisión, con encarcelamiento efectivo".
"Hasta el momento en Comodoro fueron tres los casos de los que tengo en conocimiento; eran más pero uno de ellos ya había transitado el período de aislamiento en la ciudad de Buenos Aires. La gente no tiene que corroborar esto, tiene un primer dato alarmante y somos nosotros los que tenemos que corroborarlo y actuar en consecuencia", finalizó.