Quieren sacarle los planes sociales a las organizaciones que realicen piquetes
El proyecto de ley fue presentado por un diputado de Juntos por el Cambio, quien señaló que bajo el gobierno kirchnerista "se consolidó una alianza perfecta, y aumentó la dependencia de las organizaciones respecto de los recursos económicos del estado".
El diputado nacional Gerardo Milman, de Juntos por el Cambio, presentó un proyecto de ley para sancionar con la quita de planes sociales a las organizaciones que realicen piquetes en Argentina.
Entre las sanciones que figuran en el proyecto de ley que presentó el diputado, aparece suprimir la personería jurídica y el embargo de bienes, cuentas bancarias o patrimonio a los fines de indemnización y/o reparación económica, además de la quita del beneficio económico estatal.
“Bajo el gobierno kirchnerista se consolidó una alianza perfecta, por un lado, aumentó la dependencia de las organizaciones respecto de los recursos económicos del estado; por otro, el peronismo en el poder buscó la manera de restituir los lazos con los sectores populares diluidos en la época menemista", señaló.
Y agregó que "para ello, orientó estratégicamente los planes dando origen a organizaciones de desocupados ‘oficialistas’, como el Movimiento de Trabajadores Desocupados Evita y a organizaciones barriales de pequeñas dimensiones que reproducen la lógica clientelar sobre las clases populares”, analizó Milman en la presentación del proyecto.
Asimismo, detalló: “El cobro del plan exige como contraprestación la realización de una tarea de asistir a las marchas y piquetes, ya que esto es una condición que establece el movimiento para recibir el plan”.
El proyecto presentado prevé que “en el caso de sorprender a representantes o representados de estas asociaciones cometiendo un delito deberían retirarle su personería, sobre todo cuando impiden la libre circulación de un ciudadano, derecho garantizado por el Art. 81 de la Constitución Nacional donde indica que ‘Toda persona tiene derecho a circular libremente, salir, entrar y permanecer en el territorio nacional. Nadie puede ser obligado a mudar de domicilio o residencia, sino en los casos especiales y con los requisitos que la Ley señala.