Recomiendan que se siga usando tapabocas dentro de la Universidad San Juan Bosco
Así lo informó la institución, luego de la modificación que realizó el Ministerio de Salud la semana pasada y que establecía su uso optativo en establecimientos educativos de la provincia.
El uso del tapabocas en escuelas, el transporte público y los supermercados quedó a decisión de cada persona desde el pasado lunes en Comodoro Rivadavia y en todo Chubut.
Desde la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco (UNPSJB) indicaron que seguirá siendo una “recomendación” dentro del ámbito educativo en todas sus sedes.
A través de un comunicado, recordaron que a la fecha sigue en vigencia la resolución rectoral R/10 N.º 149/2022, de Protocolo y lineamientos para todo el ámbito de la Universidad presentes en la R/10 Nº58/2022.
Desde la casa de altos estudios , regida por la magister Lidia Blanco, señalaron que “si bien se han logrado avances con el plan estratégico de vacunación y la alta inmunidad con que cuenta la población, existe incertidumbre a nivel mundial acerca del comportamiento del virus SARS-CoV2, durante los próximos meses, especialmente durante el invierno, debido a la potencial emergencia de nuevas variantes, nuevas olas de contagio o circulación con otros virus respiratorios”.
De esta manera, recomendaron:
🔹Continuar con el uso adecuado del barbijo en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público.
🔹 Asegurar la ventilación de los ambientes
🔹 Mantener la higiene adecuada y frecuente de las manos
🔹 Ante la presencia de síntomas, evitar el contacto con otras personas, no acudir a actividades laborales, sociales, educativas, lugares públicos y evitar el uso de transporte público.
🔹 Dejar sin efecto la obligatoriedad de autorreporte de síntomas en la aplicación “Cuidar” dispuesta en el artículo 5º de la Decisión Administrativa N.º 119821.
🔹 Para determinar la modalidad de prestación de servicios laborales-presencial o remota- se recomienda la realización de una evaluación médica de riesgo individual con su correspondiente certificación, sin que sea suficiente su sola pertenencia a los grupos de riesgo previstos por el artìculo 3º de la Resolución Ministerial N.º 627/20.