CAPITAL FEDERAL - La comunicación "A 6044", publicada esta semana, establece que "las entidades financieras deberán adecuar sus funcionalidades de internet, banca móvil y plataforma de pagos móviles para permitir crear, mantener y usar un alias unívoco con el CBU correspondiente a cada cuenta". Y que "los titulares de las cuentas podrán informar esos alias en reemplazo del número de CBU para recibir pagos y transferencias".
El alias será administrado por la cámara electrónica de medios de pago de bajo valor (Coelsa), pero podrá ser obtenido por los clientes a través del homebanking.