La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia emitió un fallo que favorece parcialmente al planteo de la Defensoría del Pueblo de Chubut, a la que le reconoció la legitimidad para intervenir en contra de las subas desmedidas en la tarifa de gas. Sin embargo, no hay una medida para retrotraer esas subas, ya que el planteo volverá a hacerse en el juzgado de primera instancia con sede en Rawson, a cargo del juez Hugo Sastre.

El juez había rechazado el amparo de la Defensoría, desconociendo la legitimidad para actuar en representación de los usuarios, con el argumento de que esa facultad corresponde al Defensor del Pueblo de la Nación.

Sin embargo, al no estar designado ese cargo, la Cámara concedió la posibilidad de actuar al organismo provincial, conducido por la abogada Claudia Bard, citando un fallo anterior de la Corte Suprema de Justicia, que reconoció la misma legitimación a una persona particular en un reclamo similar.

El reclamo deberá completarse con el listado de particulares afectados por la suba de tarifas.
El reclamo deberá completarse con el listado de particulares afectados por la suba de tarifas.

En su parte resolutiva, la decisión revoca el fallo del juez Sastre, por lo que el reclamo deberá volver a su juzgado, con algunas correcciones que deberán sumarse en el planteo.

LA CÁMARA ORDENA REENCAUZAR EL RECLAMO

Además, la Cámara ordena algunas medidas para complementarias en la demanda, que deberá seguir tramitando en primera instancia:

“De esta forma y para encauzar procesalmente la acción, se deberá aclarar debidamente si el reclamo también será dirigido contra la empresa concesionaria de la distribución de gas, conforme lo prevé la ley V Nro. 81 del Digesto Provincial; precisar en términos inequívocos el colectivo de usuarios afectados que pretende ser representado, ello a los fines de que el Tribunal de grado cumpla acabadamente con los recaudos exigidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la materia y sea publicitada esta acción con el propósito de que los ciudadanos afectados tengan la posibilidad de adherir a sus términos o bien preferir quedar excluidos de los efectos de la cosa juzgada del pronunciamiento a dictarse”.

Además, ordena “acreditar en el expediente los reclamos que según se afirmó en la presentación de inicio tramitan ante las distintas sedes territoriales de la Defensoría, ello a fin de acreditar la existencia del tercer recaudo fundamental para la tramitación de un proceso colectivo, referido a la posible exclusión de acceso a la jurisdicción de una pluralidad indeterminada de derechos relevantes que, de no habilitarse esta instancia judicial, quedarían desprotegidos en razón de la medida de cada lesión individual”.

En definitiva, el reclamo deberá completarse con el listado de particulares afectados por la suba de tarifas, lo que podría demorar el proceso en varias semanas más, hasta obtener una resolución que, por una cuestión de plazos, podría extenderse hasta después del período invernal en que se está sufriendo la dureza del aumento tarifario.

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